II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNITAT VALENCIANA. Destinos. (BOE-A-2024-15115)
Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno de la Consellería de Justicia e Interior, por la que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que ha superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNITAT VALENCIANA
15115

Resolución de 17 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia y
Autogobierno de la Consellería de Justicia e Interior, por la que se otorgan
destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que ha
superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1287/2022, de 22
de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, esta Dirección General de Justicia y
Autogobierno ha resuelto adjudicar destinos en los órganos que se relacionan en anexo
a los/as integrantes del Cuerpo de Médicos Forenses nombrados funcionarios/as de
carrera por Orden de 17 de julio de 2024, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los/as funcionarios/as del Cuerpo de Médicos Forenses a los/as que se les otorga
destino en esta resolución deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del
Instituto de Medicina Legal de destino en el plazo de veinte días hábiles contados desde
el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Reglamento y en el artículo 30 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Segundo.
Los/as funcionarios/as interinos/as que actualmente ocupen plazas que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la
toma de posesión del titular.
Tercero.

Cuarto.
Los/as funcionarios/as del Cuerpo de Médicos Forenses, a los/as que se otorga
destino en virtud de esta resolución, no obstante haber sido destinados/as con carácter
forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en
concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución.
Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del
artículo 529.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

cve: BOE-A-2024-15115
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de
la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas), aplicable al personal al servicio
de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, aquellos participantes que ostenten ya la condición de
funcionarios/as de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.