II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Destinos. (BOE-A-2024-15111)
Resolución de 17 de julio de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que ha superado el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

Sec. II.A. Pág. 93693

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
15111

Resolución de 17 de julio de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y
Memoria, por la que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo
de Médicos Forenses que ha superado el proceso selectivo convocado por la
Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre.

De conformidad con los artículos 28 y 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración
de justicia, así como la Orden de 17 de julio de 2024, por la que se nombran funcionarios
de carrera del cuerpo de médicos forenses a las personas que han superado las pruebas
selectivas convocadas por la Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre, en el ámbito de
Cataluña, y vistas las solicitudes presentadas por los funcionarios mencionados, es
procedente adjudicarles destino.

1. Adjudicar destinos en los órganos que se detallan en el anexo a las personas
que se mencionan.
2. Los médicos forenses destinados en virtud de esta resolución deberán tomar
posesión de sus cargos, ante el responsable del órgano de destino, dentro del plazo de
veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en
el DOGC, o a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE en el caso de que la
publicación de esta resolución no sea simultánea en el BOE y en el DOGC, de acuerdo
con lo que establecen el artículo 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y el
artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las administraciones públicas.
3. Los funcionarios interinos que actualmente ocupan plazas que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados cesan el mismo día en que se produzca la toma
de posesión del titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Orden
JUS/141/2017, de 5 de julio, del Departamento de Justicia, por la que se regula la
selección, el nombramiento y el cese de personal interino de los cuerpos de funcionarios
al servicio de la Administración de Justicia en Cataluña.
4. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al
personal al servicio de la Administración de justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley
orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, reformada por la Ley 19/2003, de 23 de
diciembre, los aspirantes que ya sean funcionarios titulares deberán manifestar su
opción en el acto de toma de posesión.
5. Los funcionarios del cuerpo de médicos forenses destinados en virtud de esta
resolución, a pesar de haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de
calificación según sus preferencias, no pueden participar en un concurso de traslados
hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de
los dos años se estará a lo que establece el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley
orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.
6. Las plazas no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de
médicos forenses mantienen la condición de plazas desiertas.
7. Información sobre los recursos a interponer.

cve: BOE-A-2024-15111
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Por todo ello, resuelvo: