III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-15197)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con RPow Consulting, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
15197

Resolución de 12 de julio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con RPow Consulting, SL,
para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes
de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, OA, y RPow Consulting, SL, han
suscrito, con fecha 12 de julio de 2024, un convenio para que los alumnos de los
programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha entidad sus prácticas
académicas externas, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Santander, 12 de julio de 2024.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, OA, P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, OA, y RPow
Consulting, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de
estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS
De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, OA (en adelante, UIMP), (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Andrés Barros Borrero, representante legal de RPow
Consulting, SL (entidad con NIF B21599329 y domicilio social en calle Doctor Juan de
Frutos, 15, Huelva, 21004), en su condición de Presidente y haciendo uso de los poderes
otorgados ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, don Rafael José Díaz
Escudero, mediante escritura de fecha 18 de enero de 2019 y número de protocolo 61,
poderes que declara no le han sido revocados, ni disminuidos.

I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura
y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio e información científica y cultural de
interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y

cve: BOE-A-2024-15197
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