II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Nombramientos. (BOE-A-2024-15104)
Orden PJC/748/2024, de 17 de julio, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Médicos Forenses, a las personas que han superado el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1287/2022, de 27 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Martes 23 de julio de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15104

Orden PJC/748/2024, de 17 de julio, por la que se nombra personal
funcionario de carrera del Cuerpo de Médicos Forenses, a las personas que
han superado el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1287/2022, de
27 de diciembre.

De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, aprobado por el Real
Decreto 144/2023, de 28 de febrero, en el artículo 27 del Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración
de Justicia y la base 10 de la Orden JUS/1287/2022, de 27 de diciembre.
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses a los
opositores incluidos en el anexo I de la presente orden, del proceso selectivo convocado
por Orden JUS/1287/2022, de 27 de diciembre, con expresión del número de orden que
por las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo
les corresponde para su integración en el Escalafón.
Segundo.
Publicar en el anexo II de la presente Orden, la integración en los subescalafones de
los ámbitos territoriales de Cataluña y Galicia que concurrían por dichos ámbitos, con
expresión de las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del
proceso selectivo, y en las pruebas de lenguas oficiales de estas Comunidades
Autónomas.

Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
este Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a
partir asimismo, del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.

cve: BOE-A-2024-15104
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Tercero.