II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-15064)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024
4.4

Sec. II.B. Pág. 93291

Devolución de los derechos de examen.

De conformidad con lo que establece el artículo 1.2.6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de tasas, no se procederá a la devolución de las tasas por
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las personas aspirantes de los
procedimientos selectivos o por causas que son imputables exclusivamente a ellas.
Desarrollo de las pruebas selectivas.

5.1 Los ejercicios se realizarán en las dependencias de la Universitat de València.
El primer ejercicio se realizará en el lugar, la fecha y la hora que se establezca en la
resolución del Rectorado de esta Universitat, mediante la que se aprueba la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas en las pruebas objeto de esta convocatoria.
5.2 Con el anuncio de la fecha de realización de cada uno de los ejercicios que
componen el sistema selectivo, el órgano técnico de selección publicará, con la
suficiente antelación, una nota informativa en la página web del Servei de Recursos
Humans (PAS), cuya dirección es: http://www.uv.es/pas, con las características, forma de
realización y valoración de los ejercicios.
5.3 En caso de realizarse alguno de los ejercicios en diversas sesiones, el orden de
actuación de las personas opositoras se establecerá por sorteo.
5.4 En cada ejercicio, las personas aspirantes deberán acreditar su identidad
exclusivamente mediante la presentación del DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir.
El incumplimiento de este requisito por alguna persona aspirante determinará su
exclusión de la realización de las pruebas.
Las copias o fotocopias de estos documentos no serán válidas en ningún caso. Ni
tampoco las fotos, PDFs o capturas de pantalla guardadas en dispositivos electrónicos
de cualquier tipo.
5.5 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único, y serán excluidas aquellas que no comparezcan. Si la persona aspirante llega al
lugar de realización de las pruebas cuando se hayan iniciado o no se presenta, aunque
sea por causa justificada, perderá su derecho.
Las personas que integran el órgano técnico de selección y el personal colaborador no
permitirán el acceso a las salas donde se realicen los ejercicios a aquellas personas
aspirantes que no cumplan los requisitos anteriores, ni a aquellas que comparezcan
después de que se haya acabado el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
No obstante, cuando se trate de pruebas orales u otras de carácter individual y
sucesivo, el órgano técnico de selección podrá considerar las causas alegadas y admitir
a la persona aspirante, siempre que estas pruebas no hayan finalizado y esta admisión
no menoscabe el principio de igualdad con el resto de las personas aspirantes.
5.6 Después de cada prueba el órgano técnico de selección deberá anunciar, en un
plazo mínimo de dos días, la realización de la siguiente en el tablón oficial de anuncios
de la Universitat de València (https://webges.uv.es/uvTaeWeb/) y, con carácter
meramente informativo, en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS), cuya
dirección es: https://www.uv.es/pas/
5.7 Si en cualquier momento del proceso selectivo llega a conocimiento del órgano
técnico de selección que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos en esta convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se le
requerirá su acreditación. Si no los acredita en el plazo de diez días hábiles siguientes a
la notificación del requerimiento, el órgano técnico de selección propondrá su exclusión
de las pruebas selectivas, indicando las inexactitudes o las falsedades formuladas por la
persona aspirante ante el órgano convocante, el cual, tras las verificaciones oportunas,
dictará resolución motivada de exclusión de la citada persona en las pruebas selectivas.
5.8 La Universitat implementará todas las medidas necesarias para facilitar la
realización de las pruebas selectivas a aquellas aspirantes embarazadas o en situación
de parto inminente o reciente. Si por causas de fuerza mayor, debidamente justificadas,
no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, su

cve: BOE-A-2024-15064
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Quinta.