III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-15065)
Resolución de 15 de julio de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 93311
c) Mantener contacto con el tutor o tutora académico/a de la Universidad Rey Juan
Carlos durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda
surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de
seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a Casa de América en la fecha acordada, cumplir el horario previsto
en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Elaborar un informe final, a la conclusión de las prácticas, en el que deberán
figurar los aspectos contenidos en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, y que remitirán al Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas
regulados por éste, o al coordinador de prácticas de la Universidad Rey Juan Carlos en
el caso de las prácticas extracurriculares.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Casa de
América y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
g) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de Casa de
América salvaguardando el buen nombre de la Universidad Rey Juan Carlos a la que
pertenece.
h) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse
de común acuerdo entre Casa de América y la Universidad Rey Juan Carlos.
Firmado:
cve: BOE-A-2024-15065
Verificable en https://www.boe.es
El/la estudiante, don/doña.
Núm. 176
Lunes 22 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 93311
c) Mantener contacto con el tutor o tutora académico/a de la Universidad Rey Juan
Carlos durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda
surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de
seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a Casa de América en la fecha acordada, cumplir el horario previsto
en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Elaborar un informe final, a la conclusión de las prácticas, en el que deberán
figurar los aspectos contenidos en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, y que remitirán al Centro, en el caso de las prácticas curriculares o de programas
regulados por éste, o al coordinador de prácticas de la Universidad Rey Juan Carlos en
el caso de las prácticas extracurriculares.
f) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de Casa de
América y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
g) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de Casa de
América salvaguardando el buen nombre de la Universidad Rey Juan Carlos a la que
pertenece.
h) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente o que pueda establecerse
de común acuerdo entre Casa de América y la Universidad Rey Juan Carlos.
Firmado:
cve: BOE-A-2024-15065
Verificable en https://www.boe.es
El/la estudiante, don/doña.