II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Destinos. (BOE-A-2024-15011)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 29 de mayo de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
15011

Resolución de 12 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por
Resolución de 29 de mayo de 2024.

Por Resolución de 29 de mayo de 2024 (BOE de 1 de junio) se anunciaron para su
cobertura, por el procedimiento de libre designación, puestos de trabajo en el Ministerio
de Política Territorial y Memoria Democrática.
Previa la tramitación prevista en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por
la Ley 23/1988, de 28 de julio (BOE del 29), una vez acreditada la observancia del
procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte del candidato elegido de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria,
Esta Subsecretaría ha dispuesto:
Primero.
Resolver parcialmente la referida convocatoria, en los términos que se señalan en el
anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará conforme a lo establecido
en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, antes citado.
Tercero.

Madrid, 12 de julio de 2024.–La Subsecretaria de Política Territorial y Memoria
Democrática, P. D. (Orden TMD/605/2024, de 12 de junio), el Director General de la
Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.

cve: BOE-A-2024-15011
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del
interesado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.