III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-15088)
Resolución de 11 de julio de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Cultura de Barcelona, en el marco de la celebración del Grec 2024 Festival de Barcelona, para la organización conjunta del espectáculo «Canciones de Amor, de Desamor y de Piratas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93532

2.1.4 La puesta a disposición gratuita del espacio y la infraestructura según detalle
anexo IV, garantizando las condiciones básicas de seguridad, regiduría de espacios,
limpieza y mantenimiento eléctrico, prestando todo el soporte y logística necesaria a su
alcance.
2.1.5 Alquiler del material técnico de carácter extraordinario necesario para el
desarrollo de las actividades y que no se encuentra incluido en el anexo IV, en concreto:
cañoneros, pantalla de subtítulos, piano, 1 foco 5kW centro, microfonía y mesa de
sonido, hasta los límites máximos económicos establecidos en la cláusula tercera.
2.1.6 Contratar las pólizas necesarias para cubrir los riesgos de suspensión del
espectáculo por causas meteorológicas, si fuese necesario.
2.1.7 Incluir el espectáculo dentro de la campaña publicitaria genérica del
Grec 2024 Festival de Barcelona, en función de los diferentes soportes publicitarios que
se utilicen.
2.1.8 El ICUB certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el
compromiso de comunicar al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del
espacio en el que se desarrollará la actividad pueda generar, así como las medidas
preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real
Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995
de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de
actividades empresariales.
2.2

El INAEM se responsabilizará de:

El INAEM se encargará de la producción ejecutiva del espectáculo y asumirá los
siguientes compromisos:
2.2.1 Contratación del asesor de verso y del diseñador de vestuario.
2.2.2 Realización de la escenografía y atrezzo.
2.2.3 Alquiler de vestuario.
2.2.4 Contratación del transporte, carga y descarga de materiales.
2.2.5 Contratación del director de escena y los artistas.
2.2.6 Entregar al ICUB en formato digital el «Documento de coordinación
empresarial» en prevención de riesgos laborales, debidamente cumplimentado y firmado,
a través de la plataforma que el ICUB ponga a su disposición, a fin de dar cumplimiento
al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, habiendo de hacer dicha entrega antes del inicio de las
actuaciones. No se podrá iniciar la representación si no se ha entregado esta
información.
En esta misma plataforma, el INAEM también encontrará las disposiciones en
materia de Seguridad y salud laboral que está obligado a cumplir, así como las normas
de funcionamiento interno del recinto escénico.
Compromisos económicos.

3.1 Del presente convenio no deriva contraprestaciones económicas entre las
partes que lo firman.
3.2 El presupuesto global de producción y exhibición de las dos representaciones
(estreno y posterior función) en el Grec Festival de Barcelona asciende a un máximo de
ciento sesenta y un mil quinientos sesenta y cinco euros con cincuenta y ocho céntimos
de euro (161.565,58 euros), IVA vigente incluido, según detalle anexo I, de los cuales se
financiarán de la siguiente forma:
3.2.1 El ICUB asumirá un gasto máximo de cien mil ochocientos quince euros con
cincuenta y ocho céntimos de euro (100.815,58 euros), IVA vigente incluido, según
detalle anexo III.

cve: BOE-A-2024-15088
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.