II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-15019)
Decreto de 9 de julio de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Jurisdicción Civil, incluida la protección de personas con discapacidad y mayores, en la Fiscalía Provincial de Córdoba a don Fernando Santos Urbaneja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Lunes 22 de julio de 2024

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Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la
plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los
méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la
especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(art. 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Córdoba está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al señor don Fernando Santos Urbaneja, Fiscal Delegado de la
Jurisdicción Civil incluida la protección de personas con discapacidad y mayores, en la
Fiscalía Provincial de Córdoba.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal Sala de la Sección
Civil del Tribunal Supremo, a la Fiscal de Sala Coordinadora de los Servicios
Especializados en la Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores, a la
Fiscal Superior de la Fiscalía Autónoma de Andalucía y al Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Córdoba, que lo pondrá en conocimiento de todos los Fiscales de la
plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo (art. 12.1.b) LJCA), en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición
ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-15019
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Madrid, 9 de julio de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X