III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-14980)
Resolución 420/38299/2024, de 11 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja, para el desarrollo de actividades que complementen la formación y permitan el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Sábado 20 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
14980

Resolución 420/38299/2024, de 11 de julio, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de La Rioja, para el desarrollo de actividades que
complementen la formación y permitan el aprovechamiento de las
capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación
al ámbito laboral civil.

Suscrito el 9 de julio de 2024 el convenio entre el Ministerio de Defensa con la
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja para el desarrollo de
actividades que complementen la formación y permitan el aprovechamiento de las
capacidades profesionales del personal militar fomentando su incorporación al ámbito
laboral civil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta
resolución.
Madrid, 11 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de La Rioja para el desarrollo de actividades que complementen la
formación y permitan el aprovechamiento de las capacidades profesionales del
personal militar fomentando su incorporación al ámbito laboral civil
En Madrid, a 9 de julio de 2024.
REUNIDOS

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 32.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes
de los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que se ofrecerán a los miembros de

cve: BOE-A-2024-14980
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De una parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, según
nombramiento conferido por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en representación
de la Ministra de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden DEF/3015/2004,
de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de
Defensa en materia de convenios de colaboración.
Y de otra, don Jaime García-Calzada Barrena, Presidente de la Cámara Oficial de
Comercio, Industria y Servicios, de La Rioja, cargo que ostenta en virtud de elección
efectuada por el Pleno celebrado el día 20 de marzo del 2023, y que le habilita para la
firma de este convenio de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 4/2014,
de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y
Navegación.