V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-26980)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de rectificación del deslinde aprobado por la O.M. de 15 de julio de 2024, en el tramo de unos 731 m, entre los vértices 464 y 508 del deslinde en el t.m. de Poio (Pontevedra), aprobado por O.M. de 20 de junio de 2011, al objeto de excluir del mismo la parcela de unos 59.256 metros cuadrados, ubicada en la marisma de A Reiboa. Refª. DL-157-PONTEVEDRA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Sábado 20 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 41064

El Ayuntamiento de Poio no contestó por lo que, transcurrido el plazo de un
mes se entendió el informe respectivo emitido con carácter favorable de acuerdo
con lo previsto en el artículo 21.2.b del Reglamento General de Costas.
VII) Con fecha 7 de mayo de 2024, el Servicio Periférico de Costas en
Pontevedra remitió el expediente a la Dirección General de la Costa y el Mar, para
su ulterior resolución, adjuntando plano suscrito en abril de 2023.
VIII) En cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se prescindió del trámite de audiencia, al no haber variado la línea
mostrada en la información pública y no haberse presentado alegaciones.
CONSIDERACIONES:
1) Examinado el expediente, se considera correcta la tramitación del mismo y
conforme con lo dispuesto en artículo 27.1 c) del Reglamento General de Costas
aprobado por R.D. 876/2014, de 10 de octubre.
2) El citado artículo 27.1 c) de dicho Reglamento establece lo siguiente:
"En los supuestos de incorporación de terrenos previstos en los apartados 7 y
8 del artículo 5 de este Reglamento y en los de desafectación recogidos en el
artículo 38 de este reglamento, no será necesario tramitar un nuevo deslinde, sino
que será suficiente con rectificar el deslinde existente con información pública y
solicitud de informes al Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma, de forma que se
adapte la línea definitoria del dominio público marítimo-terrestre al resultado de
tales mutaciones demaniales".
3) Mediante O.M. del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de
fecha 21 de mayo de 2015, se acordó la desafectación del entonces Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de la parcela de unos 59.256 metros
cuadrados, ubicada en la marisma de A Reiboa, afectados por el deslinde
aprobado por O.M. de 20 de junio de 2011, en el t.m. de Poio.
4) La línea de deslinde recogida en el plano suscrito en abril de 2023 por el
Jefe del Servicio Periférico de Costas en Pontevedra, rectifica el deslinde entre los
vértices considerados, excluyendo del demanio la parcela desafectada por el
entonces Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por todo lo anterior,

Aprobar la rectificación, en el tramo de unos 731 m, entre los vértices 464 y
508 del deslinde en el t.m. de Poio (Pontevedra), aprobado por O.M. de 20 de junio
de 2011, al objeto de excluir del mismo la parcela de unos 59.256 metros
cuadrados, ubicada en la marisma de A Reiboa, desafectada del dominio público
marítimo-terrestre por la O.M. de 21 de mayo de 2015, según se define en el plano
a escala 1/1.000, suscrito en abril de 2023 por el Jefe del Servicio Periférico de
Costas en Pontevedra.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los
interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes

cve: BOE-B-2024-26980
Verificable en https://www.boe.es

ESTA DIRECCIÓN GENERAL, POR DELEGACIÓN DE LA MINISTRA, HA
RESUELTO: