III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2024-14985)
Acuerdo de 18 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática el "Antiguo Convento de San Hermenegildo, Sevilla".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Sábado 20 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 93002

La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la
citada Ley 20/2022, de 19 de octubre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria
Democrática, dispongo:
Primero. Declaración de lugar de memoria democrática.
Se declara Lugar de Memoria Democrática el «Antiguo Convento de San
Hermenegildo, en Sevilla».
Segundo.

Descripción.

La Iglesia y el convento de San Hermenegildo son diseño de Juan Bautista
Villalpando, compañero de Herrera en el Escorial, Alonso de Vandelvira diseñó la portada
y Herrera El Viejo las yeserías.
Tiene cuatro fachadas: dos a la plaza de la Concordia, Portada principal con
orientación sur, con escasa decoración, hornacinas vacías y con frontones curvos de
estilo manieristas del siglo XVI. La de orientación oeste, de acceso habitual, es de líneas
rectas estilo neoclásico, con tres puertas y sobre ellas tres ventanas balcones; La
fachada este, sobre la calle Jesús del Gran Poder, es parecida a la portada principal y la
norte sobre la calle Las Cortes, no está decorada.
La planta del templo es elíptica inscrita en un rectángulo, a semejanza de la sala
Capitular de la Catedral de Sevilla y de la plaza del Capitolio de Roma. Está cubierta por
una cúpula ovalada con yeserías de estilo manierista y elementos barrocos.
Tercero. Publicidad.
El acuerdo será notificado a los interesados directamente afectados por el acuerdo.
Conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, han de entenderse por
interesados, todos aquellos que hayan intervenido en el presente procedimiento.
El acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», e inscrito con carácter
definitivo en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática.
La Declaración de Lugar de Memoria Democrática tendrá efectos a partir de la fecha
de publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-14985
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de julio de 2024.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática,
Fernando Martínez López.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X