II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD DE MADRID. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14862)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad de Madrid, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 92321

Tercero.
Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta
resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:
a) En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas
ofertadas, indicando el órgano, la función, la localidad y la provincia. Con la sola petición
de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas ofertadas en el mismo.
b) Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido por la
personal aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad establecida.
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las
relacionadas en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se
procederá a destinar, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas
siguiendo el orden alfabético de las localidades publicado en el «Boletín Oficial del
Estado».
Cuarto.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
Sexto.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Séptimo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Victimas en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar
cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.

cve: BOE-A-2024-14862
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 8 de julio de 2024.–La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones
con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.