II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14853)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia de la Conselleria de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia que se ofrecen a las personas aprobadas, en el proceso selectivo para acceso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 92246

sola petición de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas ofertadas en
el mismo.
b) Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido por la
persona aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad establecida.
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las
relacionadas en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas
siguiendo el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Galicia.
Sexto.
Los destinos adjudicados, en aquellas plazas que tienen la consideración de tipo de
adjudicación definitiva, conforme se detalla en el anexo I, tendrán carácter definitivo
equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar
en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la
que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo
establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial. El destino adjudicado del resto de las plazas con consideración
de tipo de adjudicación provisional, tendrá un carácter provisional por lo que las
personas a las que se les adjudiquen deberán participar, en el ámbito territorial de la
provincia donde radique la plaza donde se adscriba de forma provisional, en el primer
concurso de traslados que se convoque.
Séptimo.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Justicia de la Consellería de
Presidencia, Justicia y Deportes, o contencioso-administrativo ante el órgano
competente, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.
Santiago de Compostela, 8 de julio de 2024.–El Director General de Justicia, José
Tronchoni Albert.
ANEXO I
Función

Tipo
adjudicación

Localidad

Provincia

Comunidad
Autónoma

N.º de plazas

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1.

Gestión P.A.

Definitiva.

Arzúa.

A Coruña.

Galicia.

2

Juzgado de Paz.

Gestión P.A.
Secretaría

Definitiva.

Baiona.

Pontevedra.

Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 (VSM/
Reg. Civil).

Gestión P.A.

Definitiva.

Barco de
Valdeorras, O

Ourense.

Galicia.

2

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 2.

Gestión P.A.

Definitiva.

Barco de
Valdeorras, O

Ourense.

Galicia.

1

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