III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Denominaciones de origen. (BOE-A-2024-14922)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Conca de Barberà".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14922

Resolución de 2 de julio de 2024, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino,
por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Conca de Barberà».

En fecha 17 de abril de 2024, se ha publicado en el DOGC número 9144 y en el BOE
número 94, respectivamente, la Resolución de la directora general del Instituto Catalán
de la Viña y el Vino, de fecha 5 de abril de 2024, mediante la que se dio publicidad a la
solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida Conca de Barberà y se inicia el trámite de oposición por un plazo de dos
meses.
Finalizado el trámite de oposición, no se ha presentado ningún escrito ni alegación, y,
en consecuencia, procede resolver favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida Conca de Barberà.
En virtud del artículo 26.7 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura,
procede publicar esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y
en el «Boletín Oficial del Estado».
En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
resuelvo:
Primero.
Adoptar la decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la
Denominación de Origen Protegida Conca de Barberà.
Segundo.
Publicar esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el
«Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Dar publicidad al pliego de condiciones modificado de la Denominación de Origen
Protegida Conca de Barberà, que se puede consultar en la página web del INCAVI y en
el siguiente enlace: https://incavi.gencat.cat/.content/005-normativa/plecs-condicions-docatalanes/Arxius-plecs/Conca-de-Barbera-modificacio-PC-AM05-2024.pdf.

Enviar el expediente de la modificación del pliego de condiciones solicitada al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su remisión a la Comisión
Europea, de acuerdo con el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre,
por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas en el
registro comunitario y su oposición.
Vilafranca del Penedès, 2 de julio de 2024.–La Directora General del Instituto Catalán
de la Viña y el Vino, Alba Balcells Barril.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Cuarto.