II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-14896)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 92375
En el caso de que exista infrarrepresentación de alguno de los sexos, si se produjese
un empate en el resultado final del proceso, entre personas de distinto sexo, se dirimirá
el empate a favor del menos representado.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
8.2 Los concursos de acceso en los que concurra una sola candidatura, se
desarrollarán en una única fase: celebración de la prueba.
El concurso de méritos constará de una única prueba pública y eliminatoria, que
consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos e historial académico, docente,
investigador, de gestión, incluyendo la transferencia e intercambio del conocimiento, así
como las directrices fundamentales de su proyecto docente e investigador. En esta
exposición se deberá hacer referencia a las perspectivas de iniciativas o proyectos en
líneas de investigación vinculadas al área o especialidad de conocimiento a la que se
adscribe la plaza o, en su caso, que favorezcan la continuidad de líneas de investigación
desarrolladas hasta el momento en la Universidad de La Laguna, según lo dispuesto en
el artículo 22 del referido Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los
Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
Esta exposición no podrá exceder de sesenta minutos. Seguidamente la Comisión de
Selección debatirá con la persona candidata sobre los contenidos de la exposición
durante un tiempo de noventa minutos.
Dicha prueba tendrá una valoración máxima de 10 puntos y mínima de 5 puntos para
entenderla superada.
Finalizada esta prueba, cada integrante de la Comisión de Selección realizará una
valoración razonada, que deberá ajustarse a los criterios de valoración previamente
establecidos por la Comisión de Selección.
La Comisión de Selección hallará la media ponderada de las calificaciones obtenidas
en esta prueba y emitirá una propuesta motivada de provisión.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización de
las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá de
notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá incluir la
evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados.
El concurso podrá concluir con la decisión de la Comisión de no provisión de la plaza
convocada, cuando ninguna candidatura obtenga la puntuación mínima requerida.
Formulada la propuesta, y en el plazo de tres días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas, la persona que ostente la secretaría de la Comisión de Selección deberá
remitir al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad el expediente administrativo
del concurso, incluyendo toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión de Selección.
Contra la propuesta de nombramiento de la Comisión juzgadora las personas
candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios
electrónico de la Universidad de La Laguna.
cve: BOE-A-2024-14896
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 92375
En el caso de que exista infrarrepresentación de alguno de los sexos, si se produjese
un empate en el resultado final del proceso, entre personas de distinto sexo, se dirimirá
el empate a favor del menos representado.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
8.2 Los concursos de acceso en los que concurra una sola candidatura, se
desarrollarán en una única fase: celebración de la prueba.
El concurso de méritos constará de una única prueba pública y eliminatoria, que
consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos e historial académico, docente,
investigador, de gestión, incluyendo la transferencia e intercambio del conocimiento, así
como las directrices fundamentales de su proyecto docente e investigador. En esta
exposición se deberá hacer referencia a las perspectivas de iniciativas o proyectos en
líneas de investigación vinculadas al área o especialidad de conocimiento a la que se
adscribe la plaza o, en su caso, que favorezcan la continuidad de líneas de investigación
desarrolladas hasta el momento en la Universidad de La Laguna, según lo dispuesto en
el artículo 22 del referido Reglamento de Desarrollo de los Concursos de Acceso a los
Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de La Laguna.
Esta exposición no podrá exceder de sesenta minutos. Seguidamente la Comisión de
Selección debatirá con la persona candidata sobre los contenidos de la exposición
durante un tiempo de noventa minutos.
Dicha prueba tendrá una valoración máxima de 10 puntos y mínima de 5 puntos para
entenderla superada.
Finalizada esta prueba, cada integrante de la Comisión de Selección realizará una
valoración razonada, que deberá ajustarse a los criterios de valoración previamente
establecidos por la Comisión de Selección.
La Comisión de Selección hallará la media ponderada de las calificaciones obtenidas
en esta prueba y emitirá una propuesta motivada de provisión.
Los resultados de la valoración de cada candidatura se harán públicos a través del
tablón de anuncios electrónico de la Universidad de La Laguna con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.
Propuesta de provisión y reclamaciones
Las Comisiones de Selección propondrán al Rector motivadamente, y con carácter
vinculante, una relación de todas las candidaturas por orden de puntuación para su
nombramiento en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la finalización de
las pruebas.
Dicha propuesta se hará pública a través del tablón de anuncios electrónico de la
Universidad de La Laguna por parte del Servicio de Recursos Humanos y servirá de
notificación a las personas interesadas a todos los efectos. La propuesta deberá incluir la
evaluación de cada concursante, con una exposición motivada y desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados.
El concurso podrá concluir con la decisión de la Comisión de no provisión de la plaza
convocada, cuando ninguna candidatura obtenga la puntuación mínima requerida.
Formulada la propuesta, y en el plazo de tres días hábiles siguientes a la finalización
de las pruebas, la persona que ostente la secretaría de la Comisión de Selección deberá
remitir al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad el expediente administrativo
del concurso, incluyendo toda la documentación relativa a las actuaciones de la
Comisión de Selección.
Contra la propuesta de nombramiento de la Comisión juzgadora las personas
candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios
electrónico de la Universidad de La Laguna.
cve: BOE-A-2024-14896
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