II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-14850)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 92194
proceder a su exclusión. En caso de que MUFACE tenga conocimiento de la toma de
posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o
en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, MUFACE
acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos
en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones
por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo: https://www.muface.es/
muface_Home/muface/Transparencia/informacion-institucional-organizativa-planificacion/
recursos-humanos-vacantes-y-concursos-de-m-ritos.html
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena. Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web del Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo
de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Subsecretaría para la
Transformación Digital y de la Función Pública en un plazo máximo de seis meses,
desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias
expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución
parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
cve: BOE-A-2024-14850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 174
Viernes 19 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 92194
proceder a su exclusión. En caso de que MUFACE tenga conocimiento de la toma de
posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o
en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, MUFACE
acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos
en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones
por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo: https://www.muface.es/
muface_Home/muface/Transparencia/informacion-institucional-organizativa-planificacion/
recursos-humanos-vacantes-y-concursos-de-m-ritos.html
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena. Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web del Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo
de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Subsecretaría para la
Transformación Digital y de la Función Pública en un plazo máximo de seis meses,
desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias
expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución
parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un
mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del
Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por
causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
cve: BOE-A-2024-14850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 174