III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-14903)
Resolución de 1 de julio de 2024, del Consorcio Casa de América, por la que se publica el Convenio con la Universidad Particular Internacional SEK, para articular la aportación económica destinada a apoyar los fines y la programación ordinaria del Consorcio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

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CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de cooperación entre SEK
y Casa de América para la consecución de los fines de promoción en general, de la
cultura iberoamericana en España.
Para ello, SEK, como miembro del Alto Patronato de Casa de América, se
compromete a realizar una aportación económica de 30.000 euros, que se destinará al
desarrollo de los fines y programación ordinaria del Consorcio, para la difusión de la
cultura y en el establecimiento de lazos de acercamiento e integración social, política y
económica en el ámbito de los países iberoamericanos.
Segunda.

Naturaleza.

El presente convenio se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003, de 10 octubre, que
contiene su desarrollo reglamentario, en particular su artículo 25, en relación con la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera. Obligaciones de SEK.
En virtud del presente convenio SEK asume las siguientes obligaciones:
– SEK realizará una aportación económica de treinta mil euros, que se destinará al
desarrollo de los fines y programación ordinaria del Consorcio.
– Dar la máxima difusión posible a las actividades y eventos de difusión de la cultura
iberoamericana desarrollado en el marco de este convenio y de la programación
ordinaria del Consorcio.
– SEK consiente el uso de su logotipo, en la cartelería y demás material elaborado
para las actividades y eventos de difusión de la cultura e investigación iberoamericana
desarrollado en el marco de este convenio y de la programación ordinaria del Consorcio.
Cuarta.

Obligaciones de Casa de América.

– Casa de América se compromete a destinar el capital recibido al desarrollo y
ejecución de la programación ordinaria anual del Consorcio y los distintos eventos y
actividades de promoción de la cultura iberoamericana comprendidas en él.
– Para el desarrollo de la programación y los distintos actos de promoción cultural,
pondrá los distintos espacios del Palacio de Linares a disposición, así como los medios
personales propios, necesarios para el correcto desarrollo del congreso, seminario o
evento y atención de sus asistentes.
– Casa de América proporcionará una copia del programa anual de actividades a los
representantes de SEK. Así mismo, al final del ejercicio, Casa de América le
proporcionará una memoria de actividades y económica de la aplicación del capital
recibido a las distintas actividades del programa.
– Casa de América dará la máxima difusión posible a la cooperación de la
«Universidad Particular Internacional SEK» con el desarrollo y ejecución del programa
ordinario de actividades de promoción de la cultura iberoamericana, con mención visible
y destacada de su logo, en los distintos eventos y actividades realizados durante el año,
la cartelería o material divulgativo, así como en sus redes sociales.
– Casa de América asumirá la organización de los distintos eventos (congreso/
seminario/evento). comprendidos dentro del programa ordinario de actividades.

cve: BOE-A-2024-14903
Verificable en https://www.boe.es

En virtud del presente convenio la Casa de América asumirá las siguientes
obligaciones: