II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-14843)
Orden PJC/740/2024, de 8 de julio, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Viernes 19 de julio de 2024

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c) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse
copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni
estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni
haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido
rehabilitado (anexo I).
e) Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el desempeño
del puesto de trabajo.
Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos exigidos en la base cuarta de la Orden de Convocatoria que rigen este
proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.
Con respecto a la presentación de la solicitud de destino no se regirá por lo dispuesto
en el apartado segundo de esta Orden, sino que se ajustará a los requerimientos que se
establezcan en la Oferta de plazas publicada en este mismo «Boletín Oficial del Estado»
por el Ministerio y las Comunidades Autónomas competentes.
Cuarto.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme
a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. El
plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de julio de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, P.D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Secretaria General para la
Innovación y la Calidad del Servicio Público, Sofía Puente Santiago.

D./D.ª ..................................................................................................................... con
domicilio en .........................................................................................................................
de …… años de edad, con documento nacional de identidad número ……......................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, que no ha sido
separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial,
ni comprendido en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones
legales.
En .............................., a .......... de ....................................... de 2024.
El/la declarante,

cve: BOE-A-2024-14843
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ANEXO I