II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-14775)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 90196

En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberán acreditar la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco, y la dependencia.
b) Edad: Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación
establecida por la legislación vigente.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que
no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no
hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado o en
España el acceso a la función pública.
2.2

Requisitos específicos:

Justificar hallarse en una de estas tres situaciones:
1. Acreditado o acreditada para el cuerpo docente universitario al que se refiera.
2. Ser funcionario o funcionaria del cuerpo docente por el que se convoca la plaza.
En este caso, no podrán participar en el concurso, quienes, habiendo obtenido una plaza
tras un concurso de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios en otra Universidad, no la
hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.
3. Haber superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación
e Intensificación de la actividad investigadora (I3) o haber obtenido certificado como
investigador (R3).
2.3. Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión y, en su caso, a lo largo de toda la relación jurídica.
Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la
libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el
conocimiento del castellano, las respectivas Comisiones de Acceso establecerán, en su
caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos realizarán la presentación de la
instancia conforme el artículo 14.3 de la LPAC 39/2015, y el artículo 2.1 del Reglamento
de Administración Electrónica de la UPM (aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 31
de enero de 2019), exclusivamente por vía electrónica, a través del procedimiento de
inscripción en concursos de la Sede Electrónica de la UPM., en el enlace https://
sede.upm.es/procedimientos/concursospdi, donde cumplimentarán el formulario
electrónico y aportarán la documentación exigida en Documentos a Aportar, y efectuarán
el pago de las tasas correspondientes.
Es necesario que el interesado disponga de un certificado digital reconocido para
firmar electrónicamente la solicitud al finalizar el proceso.
Los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente
a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En dicha solicitud deben proporcionar una dirección de correo electrónico, así como
un número de teléfono móvil, al objeto de facilitar futuras comunicaciones.
Al firmar y presentar la solicitud, el aspirante declara bajo su responsabilidad que
reúne los requisitos precisos para su admisión en la plaza y categoría a la que concursa
y que los méritos incluidos en su Currículum Vitae son ciertos, comprometiéndose a
acreditarlo documentalmente si fuera requerido para ello en cualquier momento del
proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-14775
Verificable en https://www.boe.es

3.