III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2024-14815)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 4 de julio de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90570
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
14815
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 4 de julio de 2024, de la
Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad de Madrid, en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 9 de julio de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam
Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad de Madrid en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
de Madrid ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, para el
estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en
relación con el artículo 37 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, ambas partes las consideran
solventadas de conformidad con el siguiente compromiso:
II. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
cve: BOE-A-2024-14815
Verificable en https://www.boe.es
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid asume el compromiso de
promover una iniciativa legislativa de tal modo que se clarifique que el recurso a la
contratación temporal laboral se producirá en los supuestos en que, excepcionalmente,
la normativa estatal prevea esta posibilidad, eliminando, por tanto, toda referencia directa
o indirecta a modalidades de contratación derogadas y, en particular, al contrato para la
realización de una obra o servicio determinados.
Ambas partes constatan que la modificación acordada extinguirá el objeto de la
controversia.
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90570
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
14815
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 4 de julio de 2024, de la
Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del EstadoComunidad de Madrid, en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 9 de julio de 2024.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, Miryam
Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad de Madrid en relación con la Ley 15/2023, de 27 de diciembre,
de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
de Madrid ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, para el
estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en
relación con el artículo 37 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, ambas partes las consideran
solventadas de conformidad con el siguiente compromiso:
II. En razón al acuerdo alcanzado ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
cve: BOE-A-2024-14815
Verificable en https://www.boe.es
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid asume el compromiso de
promover una iniciativa legislativa de tal modo que se clarifique que el recurso a la
contratación temporal laboral se producirá en los supuestos en que, excepcionalmente,
la normativa estatal prevea esta posibilidad, eliminando, por tanto, toda referencia directa
o indirecta a modalidades de contratación derogadas y, en particular, al contrato para la
realización de una obra o servicio determinados.
Ambas partes constatan que la modificación acordada extinguirá el objeto de la
controversia.