III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-14826)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Samsung Electronics Iberia, SAU, para el desarrollo de proyectos tecnológicos en el Museo Arqueológico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 91850

CLÁUSULAS
Primera. Principios rectores del convenio.
1. El Ministerio de Cultura, a través del Museo Arqueológico Nacional, y SAMSUNG
acuerdan establecer una relación de colaboración durante un periodo inicial de dos (2)
años.
2. En los términos establecidos en este convenio, SAMSUNG colaborará en la
incorporación de nuevas tecnologías al Museo que mejoren la divulgación de sus
contenidos a través de formatos digitales y la experiencia del visitante en el contexto de
las actividades expositivas, educativas y divulgativas organizadas por los distintos
departamentos del mismo.
3. Con la firma del presente convenio, SAMSUNG adquiere la condición de
Patrocinador del Museo Arqueológico Nacional, en calidad de Colaborador Tecnológico,
lo que le permitirá disfrutar de una relación privilegiada con el Museo y adquirir los
beneficios, asociados a dicha condición, tal y como figuran en la Cláusula Tercera de
este convenio.
Segunda.

Objeto.

El objeto del presente convenio es regular las relaciones de colaboración entre el
Museo y SAMSUNG que tienen como finalidad facilitar la incorporación a las actividades
del Museo de nuevas tecnologías digitales.
SAMSUNG, por el presente convenio y en su calidad de Patrocinador y Colaborador
Tecnológico del Museo Arqueológico Nacional, colaborará con el Museo mediante la
aportación de productos comercializados por SAMSUNG, así como de desarrollos de
software y contenidos digitales vinculados a dichos productos, en las condiciones que se
indican a continuación, y que se dedicarán a los fines indicados en el párrafo anterior.
SAMSUNG se compromete a aportar conforme a lo señalado en el párrafo anterior
un importe total máximo de sesenta mil euros (60.000 €), por los dos años de vigencia
del convenio.
Los detalles y condiciones concretas de dichas aportaciones se establecerán de
mutuo acuerdo en la Comisión de seguimiento que se regula en la Cláusula Sexta.
Tercera. Reconocimientos a favor de SAMSUNG.
Los reconocimientos que recibirá SAMSUNG, en su calidad de Patrocinador del
Museo Arqueológico Nacional, con carácter anual y durante la vigencia del presente
convenio, serán las siguientes:
Imagen, promoción y difusión de la colaboración de SAMSUNG.

Inclusión del nombre o logotipo de SAMSUNG de forma claramente visible por los
destinatarios en cualquier soporte empleado para la comunicación, promoción, difusión
(nota de prensa, carpeta de prensa, etc.) o publicación relacionada con la colaboración
objeto de este convenio.
Presencia y participación de SAMSUNG (en la forma consensuada entre las partes)
en los eventos que tengan relación con los productos o soluciones tecnológicas objeto
del convenio.
Compromiso, por parte del Museo, de mencionar la colaboración de SAMSUNG, de
forma que sea claramente perceptible por los destinatarios, en toda información que
produzca el Museo relativa a los productos o soluciones tecnológicas aportadas por
SAMSUNG, así como en entrevistas, artículos, etc., en los que se pida su colaboración.
Inclusión del nombre o logotipo de SAMSUNG en cualquier publicación o soporte
para la comunicación en el que aparezcan, de forma conjunta, los diferentes
patrocinadores del Museo.

cve: BOE-A-2024-14826
Verificable en https://www.boe.es

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