III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-14831)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la potenciación de la Red Española de Ciudades Saludables y la implementación local de la estrategia de promoción de la salud y prevención.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

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que potencien la actividad física y la salud y el fomento de la movilidad segura, saludable
y sostenible.
– En línea con ambos proyectos (RECS y EPSP), reforzar específicamente las
prioridades de salud pública en lo relativo a control y prevención del tabaquismo, la
prevención del consumo de alcohol con especial énfasis en los jóvenes, la promoción de
una alimentación saludable o la promoción de la salud afectivo sexual, todo ello con un
enfoque de determinantes sociales y equidad.
– Mejorar los canales de comunicación para la difusión de la información a la
ciudadanía a fin de que posean la información relevante para mejorar sus estilos de vida
y realizar acciones de capacitación en el ámbito local y coordinar y optimizar los recursos
existentes a favor de la salud, el desarrollo y el bienestar.
– Potenciar la acción conjunta y el intercambio de experiencias prácticas.
– Fomentar la coordinación de las actuaciones municipales, con el objetivo de
identificar, coordinar y potenciar los recursos comunitarios para la promoción de estilos
de vida saludables, y facilitar las condiciones estructurales municipales para lograrlo.
Segunda.

Compromiso de las partes.

Las partes firmantes del presente convenio se comprometen:

– Reforzar los canales de comunicación.
– Elaborar y difundir información general.
– Coordinar y dinamizar la Comisión Técnica y los grupos de trabajo que sean
necesarios para impulsar el proyecto.
– Potenciar la formación técnica en el marco de la EPSP (en el marco del abordaje
de la cronicidad).
– Apoyar la implementación de la EPSP (en el marco del abordaje de la cronicidad).
– Apoyar la asociación y alianzas de ciudades de la RECS que trabajan
conjuntamente en una o varias de sus líneas estratégicas.
– Facilitar el intercambio de experiencias prácticas y su difusión a otras Entidades
Locales españolas, incluyendo la organización de los Premios de Calidad de la RECS.
– Extender la filosofía del Proyecto Ciudades Saludables a todas las Entidades Locales.
– Continuar facilitando la extensión del proyecto a zonas rurales con el fomento de
formas de colaboración y organización que posibiliten que las estrategias del proyecto de
Ciudades Saludables puedan implantarse en los Ayuntamientos de menor tamaño. Para
garantizar este objetivo, se trabajará especialmente en la incorporación de las
Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares en la RECS, como agentes
imprescindibles en el desarrollo de planes municipales de salud y otros programas
relacionados con la salud municipal.
– Realizar el seguimiento de los programas implementados, así como elaborar
memorias anuales de resultados de los proyectos financiados a través de este convenio.
– Apoyar el mantenimiento de la infraestructura administrativa de la RECS, mediante
la cobertura de los costes de personal, gastos de funcionamiento y todos aquellos gastos
de índole administrativa necesarios para el funcionamiento de la infraestructura de la
Red, que será asumida íntegramente por la propia FEMP.
II. El Ministerio de Sanidad, como responsable de las relaciones internacionales,
dispondrá de los recursos necesarios para garantizar la coordinación con el Proyecto
Healthy Cities de la OMS y otras políticas internacionales de interés para la RECS y para
el ámbito local.
Asimismo, el Ministerio de Sanidad facilitará información del ámbito de la Salud
Pública internacional relacionada con este tema y, muy especialmente, de aspectos

cve: BOE-A-2024-14831
Verificable en https://www.boe.es

I. La FEMP, como responsable de la RECS, dispondrá de los recursos materiales y
humanos necesarios para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de dicha sección,
entre los cuales se consideran prioritarios los siguientes: