III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Certificados de Ahorro Energético. (BOE-A-2024-14816)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, por la que se actualiza el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90615
3. CÁLCULO DEL AHORRO DE ENERGÍA
El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en
kWh/año, de acuerdo con la siguiente fórmula:
1
1
) · Fc
AETOTAL = PF · h · (
SEPRant SEPRnue
Donde:
PF
Potencia demandada de climatización (frío o calor)
SEPRant
Factor de rendimiento energético estacional de la
instalación frigorífica con el refrigerante sustituido
SEPRnue
Factor de rendimiento energético estacional de la
instalación frigorífica con el nuevo refrigerante
h
horas anuales equivalentes en modo activo4, según
tabla 1 Anexo II
Fc
Factor de corrección por zona climática, según
tabla 2 Anexo II
AETOTAL
Ahorro anual de energía final total
kW
h/año
kWh/año
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
PF
Di
SEPRant
SEPRnue
h
Duración indicativa de la actuación5
Fc
AETOTAL
Di
años
Fecha inicio actuación
Fecha fin actuación
Representante del solicitante
Firma electrónica
4
El valor de referencia será de 2190 horas/año, según anexo II. Dicho valor podrá ser sustituido previa justificación por
cualquier medio o prueba que ofrezcan al verificador evidencias sobre el valor aportado.
5
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la
obligación de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona
técnica responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2024-14816
Verificable en https://www.boe.es
NIF/NIE
Núm. 173
Jueves 18 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 90615
3. CÁLCULO DEL AHORRO DE ENERGÍA
El ahorro de energía se medirá en términos de energía final, expresada en
kWh/año, de acuerdo con la siguiente fórmula:
1
1
) · Fc
AETOTAL = PF · h · (
SEPRant SEPRnue
Donde:
PF
Potencia demandada de climatización (frío o calor)
SEPRant
Factor de rendimiento energético estacional de la
instalación frigorífica con el refrigerante sustituido
SEPRnue
Factor de rendimiento energético estacional de la
instalación frigorífica con el nuevo refrigerante
h
horas anuales equivalentes en modo activo4, según
tabla 1 Anexo II
Fc
Factor de corrección por zona climática, según
tabla 2 Anexo II
AETOTAL
Ahorro anual de energía final total
kW
h/año
kWh/año
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
PF
Di
SEPRant
SEPRnue
h
Duración indicativa de la actuación5
Fc
AETOTAL
Di
años
Fecha inicio actuación
Fecha fin actuación
Representante del solicitante
Firma electrónica
4
El valor de referencia será de 2190 horas/año, según anexo II. Dicho valor podrá ser sustituido previa justificación por
cualquier medio o prueba que ofrezcan al verificador evidencias sobre el valor aportado.
5
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la
obligación de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona
técnica responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2024-14816
Verificable en https://www.boe.es
NIF/NIE