III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-14795)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se publica anexo II al Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para articular las relaciones derivadas de la selección e incorporación de estudiantes en prácticas, en el marco del procedimiento convocado por Resolución de 17 de febrero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 90338

MANIFIESTAN
De acuerdo con lo establecido por la Resolución de 15 de febrero de 2023, de la
Presidencia de la AIReF (BOE de 17 de febrero de 2023), por la que se aprueban las
bases para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a
Universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la
investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y
sostenibilidad fiscal y lo acordado a través del Convenio de 9 de mayo de 2023 (BOE
de 17 de mayo de 2023), y vista la selección definitiva de alumnos en prácticas en la
AIReF realizada por la Comisión Mixta de Seguimiento del convenio, según consta en el
acta de su reunión de fecha 2 de julio de 2024.
ACUERDAN
Primero.
La AIReF incorporará a la siguiente alumna en prácticas:

Nombre

Programa

Marta Suárez Vega. Investigación.

Importe
mensual Fecha inicio/

finalización
Euros

1.500

01/09/2024
31/08/2025

Proyecto formativo

Evaluación de Políticas Públicas.

Dicha alumna desarrollará su actividad formativa en las condiciones establecidas por
la Resolución de 15 de febrero de 2023 y por el Convenio antes citado.
Segundo.
La Universidad Autónoma de Madrid informará de manera expresa a la alumna de
los derechos y deberes que, como alumna en prácticas en la AIReF, le corresponden y
que aparecen detallados en las cláusulas Novena y Décima del convenio suscrito.
Tercero.

– 14.400,00 euros a la entrada en vigor del presente anexo. Esta cantidad se
corresponde con el 80 % de la ayuda establecida para la alumna seleccionada.
– 3.600,00 euros correspondientes al 20 % restante, una vez concluido el convenio,
en el momento de la liquidación, previa justificación de la aplicación de los fondos
públicos recibidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la cláusula decimocuarta del
convenio suscrito.
La fecha de este anexo será la correspondiente a la última de las firmas de los
representantes de las partes.–Por la UAM, Francisco Javier Oubiña Barbolla.–Por la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI; Cristina Herrero Sánchez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-14795
Verificable en https://www.boe.es

La Universidad Autónoma de Madrid recibirá la cantidad de 18.000,00 euros, que
destinará al abono mensual de la beca a la alumna seleccionada, conforme a lo
establecido en la Base 6 de la Resolución de 15 de febrero de 2023 y en la cláusula
decimocuarta del convenio, de acuerdo con el siguiente sistema de pago: