II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-14780)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de julio de 2024

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correspondiente al ejercicio 2023 y, en su caso, del certificado del nivel de renta, que
podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/
Certificados/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml
Ambos documentos, informe negativo de rechazos y acreditación de las rentas,
deberán presentarse anexos a la solicitud de admisión al proceso selectivo.
b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su
cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge
del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final
quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade un nuevo párrafo al apartado
cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18
de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención
del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría
especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.
3.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de
abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá, previa solicitud de la persona interesada,
la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho
imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución
alguna de la tasa por los derechos de admisión en los supuestos de exclusión del
proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la
convocatoria, no dará lugar a la devolución de la tasa por los derechos de admisión. La
devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
3.8 Verificación y acreditación de documentación. La Universidad de Granada
accederá a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas,
con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación y consulta de los
datos de identidad (base 2.1), titulación (base 2.1) y en su caso para la acreditación de:
condición de discapacidad (base 3.6.a.1), beneficiario de víctima del terrorismo
(base 3.6.b) y familia numerosa (base 3.6.c).
En el caso de manifestar oposición motivada a la consulta de alguno de los datos
indicados en el párrafo anterior se deberá aportar la documentación acreditativa.
Igualmente, en caso de que no sea posible obtener o verificar los datos a través de la
Plataforma de Intermediación de Datos, la Universidad de Granada podrá, en cualquier
momento, solicitar que se aporte la documentación requerida.
La persona aspirante que no posea DNI, deberá aportar junto con su solicitud de
admisión al proceso selectivo copia de su documento de identificación o pasaporte.
3.9 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.10 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.11 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

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Núm. 173