I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2024-14727)
Real Decreto 707/2024, de 17 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior, y el Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Jueves 18 de julio de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
14727

Real Decreto 707/2024, de 17 de julio, por el que se modifican el Real
Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política
Exterior, y el Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se
aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.

La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, atribuye al Presidente del
Gobierno la función de dirigir la acción de este y coordinar las funciones de sus
miembros.
El Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura
de la Presidencia del Gobierno, modificado por Real Decreto 158/2024, de 8 de febrero,
estableció la nueva estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
Con el fin de impulsar la misión del Consejo de Política Exterior, órgano colegiado de
apoyo y asesoramiento al Presidente del Gobierno en sus funciones de dirección y de
coordinación de la acción del Gobierno en materia de política exterior, mediante el
presente real decreto se modifica el Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación
del Consejo de Política Exterior, para su adecuación a la estructura actual de la
Presidencia del Gobierno.
Asimismo, Naciones Unidas ha elegido a España como sede de la Cuarta
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo en 2025, que conlleva
que el Gobierno y, concretamente, el Gabinete de la Presidencia del Gobierno, coordine
los trabajos de preparación y organización que deberán llevarse a cabo para la
celebración de la misma. Para ello, se hace necesario modificar la estructura del
Gabinete de la Presidencia del Gobierno, incorporando al mismo una Oficina para la
Organización de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el
Desarrollo de la ONU.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto
en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación
del Consejo de Política Exterior.

«5. Ejercerá las funciones de secretaría del Consejo Ejecutivo de Política
Exterior la persona titular de la Secretaría General de Asuntos Exteriores de la
Presidencia del Gobierno; que será suplida en caso de ausencia, vacante o
enfermedad por quien designe la persona titular del Gabinete de la Presidencia del
Gobierno entre personas titulares de órganos con rango al menos de Director
General adscritos a la Presidencia del Gobierno.»
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el
que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.
Se añade un nuevo apartado 5 al artículo 4 del Real Decreto 890/2023, de 27 de
noviembre, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno, con la

cve: BOE-A-2024-14727
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El apartado 5 del artículo 5 del Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación
del Consejo de Política Exterior, queda redactado en los siguientes términos: