III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-14723)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
58 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 90050

b. Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que
se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013 (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1057 o
RFSE+), y su normativa de desarrollo.
c. Con carácter supletorio, los procedimientos de concesión y de control de las
subvenciones, regulados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Operaciones objeto del proceso de selección.
1. De acuerdo con las definiciones recogidas en el artículo 2 del Reglamento (UE)
2021/1060, se entiende por operación un proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos,
seleccionados en el marco de los programas de que se trate. A los efectos de esta
resolución, se entenderá por operación un proyecto diseñado para alcanzar unos objetivos
concretos según una adecuada lógica de intervención que demuestre los vínculos causales
entre las diferentes acciones, los productos y los resultados previstos, considerando la
disponibilidad de unos recursos humanos, materiales y temporales determinados.
2. A efectos de la presente resolución, se entenderá por operación seleccionada
cada solicitud de financiación concedida. Desde el momento de la selección de la
operación la entidad solicitante pasará a ser beneficiaria de la Autoridad de Gestión,
según la definición del apartado 9 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/1060, en el
marco del Programa FSE+ correspondiente.
3. A efectos de la presente resolución y de acuerdo con las definiciones recogidas
en el artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y
por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013, se entiende por innovación social la
actividad que es social tanto por sus fines como por sus medios, y en particular la
actividad que se refiere al desarrollo y la puesta en práctica de nuevas ideas
relacionadas con productos, prácticas, servicios y modelos que, simultáneamente,
satisface necesidades sociales y genera nuevas colaboraciones o relaciones sociales
entre organismos públicos, organizaciones de la sociedad civil o privadas, beneficiando
de esta forma a la sociedad y reforzando su capacidad de actuación.
4. De acuerdo con las definiciones recogidas en el artículo 2 del Reglamento (UE)
2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se
establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento
(UE) 1296/2013, se entiende por experimentación social la intervención estratégica que
busca aportar respuestas innovadoras a las necesidades sociales, aplicadas a pequeña
escala y en condiciones que permiten medir su impacto, antes de su aplicación en otros
contextos, incluyendo los geográficos o sectoriales, o aplicadas a mayor escala si los
resultados resultan positivos. A efectos de esta convocatoria, la medición de impacto de
la experimentación social ha de realizarse estableciendo la relación causal entre una
intervención y su resultado, controlando las condiciones externas, para lo que se debe
contar con un escenario contrafactual, donde se compara la evolución del «grupo de
tratamiento» –al que se aplica la intervención– con el «grupo de control» al que no se
aplica la intervención.
5. Las operaciones que se seleccionen deben enmarcarse en alguna de las
siguientes medidas incluidas en el tramo estatal del Programa estatal FSE+ de Inclusión
Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza:
a) Proyectos de innovación social impulsados para la mejora de la empleabilidad y
la vida independiente (6.H.01).
Los proyectos a financiar tienen que tener como objetivo desarrollar soluciones
innovadoras que den respuestas novedosas a problemáticas y retos complejos
vinculados al derecho a la vida independiente y/o al empleo normalizado para personas

cve: BOE-A-2024-14723
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 172