III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-14714)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 38, por la que se suspende la inscripción de una escritura de constitución de inmueble en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Miércoles 17 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14714

Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 38, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de constitución de inmueble en régimen de
propiedad horizontal.

En el recurso interpuesto por don R. U. G., en nombre y representación de la
mercantil «Ricote Inversiones, SLU», contra la nota de calificación de la registradora de
la Propiedad de Madrid número 38, doña Sonia Morato González, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de constitución de inmueble en régimen de
propiedad horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 13 de diciembre de 2023 ante el notario de
Madrid, don Fernando Gomá Lanzón, con el número 2.407 de su protocolo, la mercantil
«Ricote Inversiones, SLU» constituía un régimen de propiedad horizontal sobre un
edificio -que en el Registro se describía como edificio para servicios empresariales, con
uso mixto industrial-oficinas, estando destinadas las dos plantas bajo rasante a plazas de
aparcamiento y usos auxiliares y las tres plantas sobre rasantes a usos industriales y de
oficina-, quedando integrado dicho régimen de propiedad horizontal por 8 elementos
privativos, 2 de ellos destinados a aparcamiento y los 6 restantes destinados a locales
con uso de servicios empresariales. A los efectos oportunos, se incorporaba a la
escritura fotocopia de la licencia de obras otorgada en su día para el edificio que era
objeto de la escritura.
II
Presentada copia de dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 38, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Se presenta en este Registro, escritura de constitución de inmueble en régimen de
propiedad horizontal, otorgada el trece de diciembre del año dos mil veintitrés, autorizada
por el Notario de Madrid don Fernando Gomá Lanzón, número 2407/2.023 de su
protocolo, debidamente liquidada de su impuesto, ha sido objeto de calificación negativa
por los siguientes Hechos y Fundamentos de Derecho:
Hechos:
Único: La finca registral 67.781 se divide horizontalmente en varios elementos
independientes, tal y como consta en la escritura que se califica.

cve: BOE-A-2024-14714
Verificable en https://www.boe.es

«Asiento n.º 1324 del Diario 32.
Interesado: Ricote Inversiones, SLU.
Presentante: doña G. M. G.
Notario: don Fernando Gomá Lanzón.
Protocolo: 2.407/2023.