V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-26714)
Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, por el que se somete al trámite de Información Pública el Estudio de Impacto Ambiental, la Solicitud de Autorización Administrativa Previa, la Solicitud de Autorización Administrativa de Construcción y la Solicitud de Declaración de Utilidad Pública del Proyecto de ejecución de la instalación híbrida fotovoltaica "Hibridación PE Torviscal", con una potencia instalada de 26,389 MWp, y sus infraestructuras de evacuación, hasta la Ampliación Subestación Torviscal 132/30-12 kV, ubicada en el término municipal de Masegoso (Albacete) Peol-FV-160.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 40539

Masegoso, en la provincia de Albacete. Las principales características de las
infraestructuras proyectadas son las siguientes:
A. "FV Hibridación PE Torviscal":
§ Ubicación: Masegoso; Albacete (ver RBDA del anexo).
§ Superficie vallado: 56,59 ha.
§ Superficie vallado + barrera vegetal: 58,85 ha.
§ N.º módulos y potencia: 47.124 módulos solares fotovoltaicos de 560 Wp.
§ Inversores y potencia: 9 inversores (Ingecon Sun 3700TL C615).
§ Bloques de potencia: 4 bloques de potencia de 2 inversores y 1
transformador de 6,604 MVA, y 1 bloque de potencia con 1 inversor y 1
transformador de 3,302 MVA.
§ Potencia pico: 26,389 MWp (potencia instalada módulos fotovoltaicos).
§ Potencia total inversor (máxima/cos phi=1): 29,718 MVA.
§ Potencia limitada en el punto de conexión: 24,000 MW.
B. Líneas subterráneas de evacuación en 12 kV hasta la "Ampliación
Subestación Torviscal 132/30-12 kV.
· Presupuesto (€): Presupuesto de ejecución material: 13.333.356,74 €.
· Finalidad: Generación de energía eléctrica de origen fotovoltaico de manera
combinada con la procedente del parque eólico existente, de cara a optimizar el
vertido a red.
La solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción, así como
la Declaración de Utilidad Pública del presente proyecto, cuya aprobación es
competencia de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y que se encuentra sujeta al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, está sometida al
trámite de información pública, realizándose de manera conjunta la información
pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, conforme al artículo 36 de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
La declaración de la utilidad pública de la instalación llevará implícita los
efectos incluidos en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La solicitud de Declaración de Utilidad Pública incluye la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos que el solicitante considera de necesaria
expropiación, dicha relación concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados se incluye en el anexo.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que puedan ser
examinados el proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de

cve: BOE-B-2024-26714
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Núm. 172