III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2024-14604)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la segunda Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Piélagos, para la supresión de los pasos a nivel en Renedo (Piélagos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 89336

La Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria efectuará el
pago correspondiente a la aportación a realizar a ADIF, contra la presentación de la obra
certificada del paso inferior peatonal p. k. 494/830, de acuerdo a la siguiente distribución:
Importe en millones de euros, IVA excluido
Obras a ejecutar por ADIF

Importe

2027

Paso Inferior Peatonal p. k. 494/830.

0,530

0,530

0,530

0,530

Total.

La aportación a realizar a ADIF estará condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
Ayuntamiento de Piélagos:
El Ayuntamiento de Piélagos efectuará los pagos correspondientes a las
aportaciones a realizar al Gobierno de Cantabria de la variante de la CA-233,
trimestralmente contra la presentación de la obra certificada y del documento de ingreso,
de acuerdo a la siguiente distribución de anualidades:
Importe en millones de euros, IVA excluido
Obra a ejecutar por la Dirección General de Obras Públicas

Variante de la CA-233.
Total.

Importe

2023

2024

2025

2026

2027

0,770

0,000

0,000

0,255

0,255

0,260

0,770

0,000

0,000

0,255

0,255

0,260

Tercera. Prórroga del convenio.
Las partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo de la cláusula
séptima del convenio originario, prorrogar el «Convenio entre el Gobierno de Cantabria,
el Ayuntamiento de Piélagos y la Entidad Pública Empresarial ADIF para la supresión de
los pasos a nivel de Renedo (Piélagos)», por tres años, hasta el 30 de junio de 2027.
Cuarta.

Dejar sin efecto el anexo I del convenio firmado el 23 de abril de 2019.

Queda sin efecto el anexo I del convenio firmado el 23 de abril de 2019.

La presente adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo la misma plena
validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, debiendo asimismo ser publicada, en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin
perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma,
todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.–Por el Gobierno de
Cantabria, el Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente,
Roberto Media Sainz.–Por el Ayuntamiento de Piélagos, el Alcalde, Carlos Alberto
Caramés Luengo.–Por la E.P.E. ADIF, el Presidente, Ángel Contreras Marín.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-14604
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Entrada en vigor de la adenda.