III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Patrimonio histórico. Derecho de tanteo. (BOE-A-2024-14614)
Orden CLT/730/2024, de 5 de julio, por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre el lote n.º 530, subastado por la sala Ansorena, en Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89395
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
14614
Orden CLT/730/2024, de 5 de julio, por la que se ejercita el derecho de tanteo
sobre el lote n.º 530, subastado por la sala Ansorena, en Madrid.
A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada
el día 28 de junio de 2024, en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo para el Museo Nacional del Prado, con cargo a
sus presupuestos, sobre el bien mueble que fue incluido en el catálogo de la subasta
pública celebrada en la sala Ansorena SA, en Madrid, el día 25 de junio de 2024, con el
número de lote y referencia siguiente:
Lote 530. Mariano Benlliure. Canto primaverile. 1894. Carboncillo y clarión sobre
papel. Firmado, fechado y titulado. Medidas: 63 × 147 cm.
Segundo.
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de nueve mil euros
(9.000 €), más los gastos inherentes, así como para la custodia del bien subastado, el
representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente
con los subastadores las medidas que estime convenientes.
cve: BOE-A-2024-14614
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 5 de julio de 2024.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CLT/503/2024, de 27
de mayo), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 171
Martes 16 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 89395
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
14614
Orden CLT/730/2024, de 5 de julio, por la que se ejercita el derecho de tanteo
sobre el lote n.º 530, subastado por la sala Ansorena, en Madrid.
A propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, formulada
el día 28 de junio de 2024, en aplicación del artículo 38 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 40 y 41.2 del Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:
Primero.
Que se ejercite el derecho de tanteo para el Museo Nacional del Prado, con cargo a
sus presupuestos, sobre el bien mueble que fue incluido en el catálogo de la subasta
pública celebrada en la sala Ansorena SA, en Madrid, el día 25 de junio de 2024, con el
número de lote y referencia siguiente:
Lote 530. Mariano Benlliure. Canto primaverile. 1894. Carboncillo y clarión sobre
papel. Firmado, fechado y titulado. Medidas: 63 × 147 cm.
Segundo.
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de nueve mil euros
(9.000 €), más los gastos inherentes, así como para la custodia del bien subastado, el
representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente
con los subastadores las medidas que estime convenientes.
cve: BOE-A-2024-14614
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 5 de julio de 2024.–El Ministro de Cultura, P.D. (Orden CLT/503/2024, de 27
de mayo), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X