II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2024-14557)
Acuerdo de 11 de julio de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas de especialización en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, convocadas por Acuerdo de 23 de mayo de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Martes 16 de julio de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14557

Acuerdo de 11 de julio de 2024, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de
personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas de
especialización en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo,
convocadas por Acuerdo de 23 de mayo de 2024.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas
de especialización en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, convocadas por
Acuerdo de 23 de mayo de 2024 de la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial,
Esta Comisión Permanente en su reunión del día de la fecha, y en aplicación de lo
dispuesto en la base cuarta de la convocatoria, adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.
Aprobar la relación que se incorpora como anexo con las personas aspirantes
admitidas y excluidas con carácter provisional, para participar en las referidas pruebas
de especialización.
Segundo.

Tercero.
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Consejo General
del Poder Judicial –www.poderjudicial.es–, la relación provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas.

cve: BOE-A-2024-14557
Verificable en https://www.boe.es

Las personas aspirantes que figuren en la relación de personas excluidas o no se
encuentren en la de admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar
desde el siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del
Estado», para formular reclamaciones o subsanar los defectos advertidos, que se
codifican con arreglo a las causas expresadas en el anexo.
El escrito de subsanación y/o reclamación se dirigirá al Presidente del Consejo
General del Poder Judicial y se remitirá exclusivamente por correo electrónico a la
dirección seleccion@escuelajudicial.es junto con la documentación que se estime
conveniente, en el plazo anteriormente indicado.
Las personas aspirantes que no subsanen la exclusión o aleguen el defecto u
omisión en tiempo y forma justificando su derecho a ser admitidas, quedarán
definitivamente excluidas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento.
En todo caso, con objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, permitir su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran en la relación de excluidas sino, además, que sus nombres
constan en la lista de admitidos.