II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-14469)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 88614

5.4 Los criterios generales de evaluación de aplicación para las comisiones serán
los previstos en el anexo IV.
5.5 Las comisiones de contratación deberán constituirse en el plazo de 4 meses
desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento de sus miembros efectuado
en la presente convocatoria.
Sexta.

Propuesta de provisión de plazas y nombramientos.

6.1 A la vista de la puntuación otorgada a las personas aspirantes en la prueba, la
comisión presentará la propuesta de la candidatura para ocupar la plaza, teniendo en
cuenta que en ningún caso la comisión puede proponer que ha superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de personas aprobadas que contravenga lo que se establece será nula de
pleno derecho.
6.2 El concurso puede concluir con la propuesta de la comisión de no provisión de
plaza, teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa de aplicación.
6.3 La propuesta motivada de provisión se hará pública en el plazo máximo de
cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la prueba, en el
lugar de celebración del concurso o por medios electrónicos, en el supuesto de que el
concurso se haya llevado a cabo electrónicamente. La propuesta de provisión deberá
indicar los posibles medios de impugnación que podrán utilizar las personas interesadas
y permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo para interponer
recurso administrativo.
6.4 El presidente o presidenta de la comisión, una vez efectuada y publicada la
propuesta de provisión, la remitirá al Servicio de Recursos Humanos, junto con un
ejemplar de todas las actas e informes. Así mismo, el presidente o la presidenta tramitará
una certificación del secretario o secretaria de la comisión relativa a la fecha de
publicación.
Séptima. Presentación de documentos.

a) Una copia del documento nacional de identidad (DNI) o, si no se tiene la
nacionalidad española, del documento oficial equivalente que acredite su nacionalidad
en vigor.
b) Certificado de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas,
expedido por la Oficina de Prevención, Promoción de la Salud y Medioambiente de la UJI.
c) Una declaración jurada de no haber sido separado o separada por resolución
firme de expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública (del
Estado, autonómica, local o institucional), ni estar inhabilitado o inhabilitada por
sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Las personas nacionales del resto de estados miembros de la Unión Europea o
de algún estado en el cual en virtud de los tratados internacionales firmados por la Unión
Europea y ratificados por España se aplique la libre circulación de trabajadores y
trabajadoras, deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa que no se
encuentran sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado,
el acceso a la función pública, en conformidad con lo que se establece en el artículo 7.2
del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
e) La documentación acreditativa de reunir los requisitos que establece el
artículo 69 de la LOSU.

cve: BOE-A-2024-14469
Verificable en https://www.boe.es

La candidata o candidato propuesto deberá presentar en el plazo máximo de veinte
días siguientes al de la finalización de la actuación de la comisión, en el Registro General
de la Universitat o por cualquier de los otros procedimientos señalados en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las
Administraciones Públicas: