II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Destinos. (BOE-A-2024-14399)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 8 de marzo de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14399

Resolución de 5 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 8 de marzo
de 2024.

Por Resolución de 8 de marzo de 2024 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de
marzo), se anunció, para su cobertura por el procedimiento de libre designación, el
puesto de trabajo de Jefe/Jefa de Sección en la Consejería de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social en Dinamarca.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de
noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías en el exterior y se
regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, y el artículo 20.1.c)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
en relación con el artículo 56 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y el cumplimiento
por parte de la persona elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria, siendo idóneo para el desempeño del puesto que se le asigna y
ostentando la capacidad y competencia personal y profesional, tras el examen y la
valoración de las candidaturas presentadas efectuado por la Comisión Paritaria y una
vez emitido informe favorable, de conformidad con el art. 2.bis.5.b) del Real
Decreto 1052/2015, antes citado.
Esta Subsecretaría ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo
adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, antes citado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1
segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de julio de 2024.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, P.D.
(Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre), la Subdirectora General de Recursos
Humanos e Inspección de Servicios, Soledad López Larrío.

cve: BOE-A-2024-14399
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Tercero.