III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-14475)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 88638

Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
La UCM, según se recoge en sus Estatutos, aprobados por Decreto 32/2017, de 21
de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de marzo
de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la
ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del
conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico,
así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y
la formación continuada. La UCM conoce las iniciativas que lleva a cabo la AECID y que
quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la Universidad Complutense de Madrid debe basarse
tanto en la teoría como en la práctica, proporcionando a los alumnos una orientación
profesional que les permita incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y
responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la Universidad Complutense de Madrid el interés por
contribuir a la formación en materia de cooperación internacional para el desarrollo de
titulados superiores universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de
los alumnos de ese centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos
y habilidades, a través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas, aprobado por el
Consejo de Gobierno de la UCM el 28 de junio de 2022 (BOUC de 7 de julio de 2022),
acuerdan suscribir el presente convenio.
Sexto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la Universidad Complutense de Madrid realizarán un
programa de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares no
remuneradas, de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera
de las áreas de trabajo de la AECID, ya sea en sus Servicios centrales o en las Oficinas
de Cooperación Española de la AECID en el exterior y siempre de acuerdo con el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios.

cve: BOE-A-2024-14475
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.