III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-14500)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Lunes 15 de julio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
14500

Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad de Almería, para el desarrollo
de prácticas académicas, investigación y formación.

Habiéndose suscrito el 3 de julio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior y
la Universidad Pública de Almería, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de julio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Pública de Almería
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
Madrid, a 3 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran
Ministros del Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del
presente convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 Madrid.
De otra parte, don José Joaquín Céspedes Lorente, Rector Magnífico de la
Universidad de Almería, en nombre y representación legal de la misma, con domicilio en
ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano, 04120 Almería, nombrado en virtud
del Decreto 270/2023, de 14 de noviembre (BOJA núm. 223, de 21 de noviembre
de 2023), con las atribuciones que le confieren los Estatutos de la Universidad de
Almería, aprobados por el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre (BOJA núm. 247, de 24
diciembre de 2018).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del

cve: BOE-A-2024-14500
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Primero.