III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-14364)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto Nacional de Administración Pública, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «Aprendizaje continuo y permanente del personal empleado público: una oportunidad estratégica para la innovación y la transformación pública».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88002
Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional
primera del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y en el apartado 3.a) del
artículo 4 del Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La
UIMP de acuerdo con su Estatuto se define como centro universitario de alta cultura,
investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y
especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la
ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural
de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con
otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de
la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de generación y
transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que el INAP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de
Función Pública, según determina el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de dicho Ministerio, que, de acuerdo con su
Estatuto aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, tiene como fines
esenciales, sin perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas
materias a otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado,
el desarrollo y ejecución de la política de formación de los empleados públicos en el
ámbito de sus competencias y el mantenimiento de relaciones de cooperación y
colaboración con otras Administraciones y centros de formación de empleados públicos,
nacionales e internacionales.
Entre sus funciones se encuentra la de formación para el ejercicio de la función
directiva pública en la Administración General del Estado y en los organismos públicos
de ella dependientes, en colaboración, en su caso, con otros centros de formación
especializados.
III. Que la UIMP, en cumplimiento de su fin institucional, va a realizar dentro de su
Programación académica ordinaria para el año 2024 el encuentro «Aprendizaje continuo
y permanente del personal empleado público: una oportunidad estratégica para la
innovación y la transformación pública», que ha sido aprobado por sus órganos de
gobierno.
La UIMP considera de máximo interés académico y social reflexionar y debatir sobre
el aprendizaje como elemento estratégico y estructural asociado a la gestión del capital
humano con que cuenta el sector público, sobre sus retos ante las nuevas destrezas que
se requieren en el contexto actual, así como sobre la gestión del talento en el sector
público, como factor de modernización administrativa y de captación de nuevos activos.
Dada la especial naturaleza y estructura organizativa de la UIMP, y teniendo en
cuenta la afinidad de la temática del encuentro con el área de actividad y especialización
del INAP, la UIMP quiere contar con la colaboración del INAP para el diseño del
programa y para su realización.
IV. Que el INAP coincide con la UIMP en su interés por la celebración de este
encuentro, considerándolo de sumo interés y afín a sus objetivos y fines institucionales,
al promover una reflexión útil sobre estos temas y una oferta formativa de calidad y
necesaria.
Es por ello que el INAP quiere colaborar con la UIMP en la realización del encuentro,
así como en su financiación.
cve: BOE-A-2024-14364
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88002
Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo público dependiente del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional
primera del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y en el apartado 3.a) del
artículo 4 del Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La
UIMP de acuerdo con su Estatuto se define como centro universitario de alta cultura,
investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y
especialidades universitarias, que tiene como misión promover y difundir la cultura y la
ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio de información científica y cultural
de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea conveniente con
otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de
la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de generación y
transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que el INAP es un organismo autónomo adscrito al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de
Función Pública, según determina el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de dicho Ministerio, que, de acuerdo con su
Estatuto aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, tiene como fines
esenciales, sin perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas
materias a otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado,
el desarrollo y ejecución de la política de formación de los empleados públicos en el
ámbito de sus competencias y el mantenimiento de relaciones de cooperación y
colaboración con otras Administraciones y centros de formación de empleados públicos,
nacionales e internacionales.
Entre sus funciones se encuentra la de formación para el ejercicio de la función
directiva pública en la Administración General del Estado y en los organismos públicos
de ella dependientes, en colaboración, en su caso, con otros centros de formación
especializados.
III. Que la UIMP, en cumplimiento de su fin institucional, va a realizar dentro de su
Programación académica ordinaria para el año 2024 el encuentro «Aprendizaje continuo
y permanente del personal empleado público: una oportunidad estratégica para la
innovación y la transformación pública», que ha sido aprobado por sus órganos de
gobierno.
La UIMP considera de máximo interés académico y social reflexionar y debatir sobre
el aprendizaje como elemento estratégico y estructural asociado a la gestión del capital
humano con que cuenta el sector público, sobre sus retos ante las nuevas destrezas que
se requieren en el contexto actual, así como sobre la gestión del talento en el sector
público, como factor de modernización administrativa y de captación de nuevos activos.
Dada la especial naturaleza y estructura organizativa de la UIMP, y teniendo en
cuenta la afinidad de la temática del encuentro con el área de actividad y especialización
del INAP, la UIMP quiere contar con la colaboración del INAP para el diseño del
programa y para su realización.
IV. Que el INAP coincide con la UIMP en su interés por la celebración de este
encuentro, considerándolo de sumo interés y afín a sus objetivos y fines institucionales,
al promover una reflexión útil sobre estos temas y una oferta formativa de calidad y
necesaria.
Es por ello que el INAP quiere colaborar con la UIMP en la realización del encuentro,
así como en su financiación.
cve: BOE-A-2024-14364
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169