III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2024-14365)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, para actividades de I+D en materia de productos fitosanitarios y sus residuos y productos fitosanitarios basados en microorganismos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88017
Tercera. Actuaciones del MAPA.
El MAPA, a través de la DGSPABA y la SGSHVF, realizará las siguientes
actuaciones:
a) La remisión oficial o notificación de los informes y/o las observaciones
elaboradas por el INIA-CSIC a la Autoridad Competente Comunitaria o a las Autoridades
Competentes de los demás Estados miembros.
b) La recepción y transmisión al INIA-CSIC de las observaciones o alegaciones
remitidas por la Autoridad Competente Comunitaria o las Autoridades Competentes de
los demás Estados miembros.
c) Redactar y expedir las certificaciones previstas, tras su comprobación.
d) Elaborar y presentar la documentación administrativa asociada al Expediente de
Gasto.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
1. Para la realización de las actuaciones de este acuerdo, la Secretaría General de
Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, a través de la DGSPABA, se obliga a:
a) Aportar los recursos económicos para realizar las actividades incluidas en este
acuerdo.
b) Realizar el seguimiento de los trabajos que se ejecuten objeto del presente
acuerdo.
c) Informar al INIA-CSIC de los acuerdos que se adopten en los Comités y Grupos
de Trabajo de la Unión Europea y en relación con los temas objeto de este acuerdo.
d) Utilizar los resultados de los trabajos relativos al examen técnico para la
resolución de los expedientes de registro de productos fitosanitarios.
2.
Para la realización de las actuaciones de este acuerdo, el INIA-CSIC se obliga a:
3. Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte
toda dificultad, de la naturaleza que sea, que encuentre en el desarrollo de sus
actuaciones en el marco del presente acuerdo, y, en general, toda información
susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar
las medidas que considere más apropiadas.
Quinta. Presupuesto y financiación.
El presupuesto de ejecución de estos trabajos asciende por las cuatro anualidades a
un total un millón novecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta y cuatro euros con
ochenta y un céntimos (1.992.244,81 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
21.06.412D.640.08, de los Presupuestos Generales del Estado, o la que pudiera
cve: BOE-A-2024-14365
Verificable en https://www.boe.es
a) Realizar las actividades indicadas en la cláusula segunda de la forma en que
figuran descritas en los anexos del presente Acuerdo de encomienda de gestión.
b) Disponer del personal, material y recursos necesarios para realizar las
actividades descritas en los anexos.
c) Elaborar los informes que resulten precisos durante el período de duración del
acuerdo, que incluirán los datos, resultados y conclusiones de las actividades y análisis
realizados, que serán remitidos a la SGSHVF del MAPA.
d) En el caso de publicaciones relacionadas con los trabajos realizados en el marco
de la presente encomienda, será necesario el visto bueno de la SGSHVF y se hará
constar en las mismas la participación conjunta en los trabajos de dicha Subdirección
General y del INIA-CSIC.
e) El INIA-CSIC deberá mantener informada a la DGSPABA, a través de la
SGSHVF, tanto de los trabajos científico-técnicos realizados como de cualquier extremo
relevante para el desarrollo de estos, así como de sus resultados.
Núm. 169
Sábado 13 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 88017
Tercera. Actuaciones del MAPA.
El MAPA, a través de la DGSPABA y la SGSHVF, realizará las siguientes
actuaciones:
a) La remisión oficial o notificación de los informes y/o las observaciones
elaboradas por el INIA-CSIC a la Autoridad Competente Comunitaria o a las Autoridades
Competentes de los demás Estados miembros.
b) La recepción y transmisión al INIA-CSIC de las observaciones o alegaciones
remitidas por la Autoridad Competente Comunitaria o las Autoridades Competentes de
los demás Estados miembros.
c) Redactar y expedir las certificaciones previstas, tras su comprobación.
d) Elaborar y presentar la documentación administrativa asociada al Expediente de
Gasto.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
1. Para la realización de las actuaciones de este acuerdo, la Secretaría General de
Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, a través de la DGSPABA, se obliga a:
a) Aportar los recursos económicos para realizar las actividades incluidas en este
acuerdo.
b) Realizar el seguimiento de los trabajos que se ejecuten objeto del presente
acuerdo.
c) Informar al INIA-CSIC de los acuerdos que se adopten en los Comités y Grupos
de Trabajo de la Unión Europea y en relación con los temas objeto de este acuerdo.
d) Utilizar los resultados de los trabajos relativos al examen técnico para la
resolución de los expedientes de registro de productos fitosanitarios.
2.
Para la realización de las actuaciones de este acuerdo, el INIA-CSIC se obliga a:
3. Cada una de las partes se compromete a hacer llegar a tiempo a la otra parte
toda dificultad, de la naturaleza que sea, que encuentre en el desarrollo de sus
actuaciones en el marco del presente acuerdo, y, en general, toda información
susceptible de afectar a su buena ejecución, con el fin de permitir a la otra parte tomar
las medidas que considere más apropiadas.
Quinta. Presupuesto y financiación.
El presupuesto de ejecución de estos trabajos asciende por las cuatro anualidades a
un total un millón novecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta y cuatro euros con
ochenta y un céntimos (1.992.244,81 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
21.06.412D.640.08, de los Presupuestos Generales del Estado, o la que pudiera
cve: BOE-A-2024-14365
Verificable en https://www.boe.es
a) Realizar las actividades indicadas en la cláusula segunda de la forma en que
figuran descritas en los anexos del presente Acuerdo de encomienda de gestión.
b) Disponer del personal, material y recursos necesarios para realizar las
actividades descritas en los anexos.
c) Elaborar los informes que resulten precisos durante el período de duración del
acuerdo, que incluirán los datos, resultados y conclusiones de las actividades y análisis
realizados, que serán remitidos a la SGSHVF del MAPA.
d) En el caso de publicaciones relacionadas con los trabajos realizados en el marco
de la presente encomienda, será necesario el visto bueno de la SGSHVF y se hará
constar en las mismas la participación conjunta en los trabajos de dicha Subdirección
General y del INIA-CSIC.
e) El INIA-CSIC deberá mantener informada a la DGSPABA, a través de la
SGSHVF, tanto de los trabajos científico-técnicos realizados como de cualquier extremo
relevante para el desarrollo de estos, así como de sus resultados.