III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-14306)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Universidad de Extremadura, para la realización de prácticas académicas externas en la Dirección Provincial de Cáceres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Viernes 12 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 87800

En caso de no observar lo dispuesto en la normativa sobre protección de datos, cada
parte será única responsable por el uso, tratamiento o comunicación indebida que pueda
hacer de los datos objeto de tratamiento, ante cualquier reclamación por parte de los
afectados o en virtud de inspección por parte de la Autoridad de Control competente.
Ambas partes se comprometen a dejar indemne a la otra parte de cualquier
responsabilidad que se pudiera declarar consecuencia del incumplimiento de las
obligaciones que, en materia de protección de datos personales, les atañen.
Asimismo, las partes se obligan a mantener la confidencialidad respecto a los datos
de carácter personal, y a no cederlos de forma no autorizada, fuera de los casos
permitidos por la normativa aplicable, cumpliendo diligentemente el deber de guarda y
custodia, comprometiéndose a adoptar las medidas necesarias de índole técnica y
organizativa que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a que se
tenga acceso y a evitar su alteración, tratamiento, pérdida y acceso no autorizados.
Para el cumplimiento de los fines de este Convenio de cooperación educativa para el
desarrollo de prácticas académicas externas, la Universidad de Extremadura podrá
ceder al Instituto Nacional de la Seguridad Social los datos personales de estudiantes
interesados en realizar sus prácticas en dicha entidad gestora, a fin de que esta realice
la selección final y sean incorporados a cada periodo que habilite al efecto. En este
supuesto, únicamente se comunicarán los datos estrictamente necesarios para la
finalidad, que son los del Anexo II de este Convenio.
En particular, la Universidad de Extremadura se compromete a informar a los
estudiantes cuyos datos personales vaya a proporcionar al Instituto Nacional de la
Seguridad Social, de forma previa a dicha cesión, de los aspectos exigidos por el artículo
13 del RGPD. El Instituto Nacional de la Seguridad Social únicamente podrá tratar los
datos personales de los estudiantes facilitados por la Universidad de Extremadura para
la selección y gestión de las prácticas de conformidad con lo previsto en este Convenio y
sus anexos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social conservará los datos personales
de los estudiantes interesados durante el Curso académico y, una vez finalizado este,
durante los plazos necesarios para cumplir con obligaciones legales y el tiempo
necesario para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de
dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Asimismo, si el Instituto Nacional de la Seguridad Social quisiera destinar los datos
recibidos a fines distintos de los contemplados en el presente Convenio, deberá observar
los consentimientos otorgados por los estudiantes en el Compromiso de Confidencialidad
a suscribir del Anexo I, dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14.4 del RGPD y
recabar previamente el correspondiente consentimiento de los afectados.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes en materia de protección de datos será causa de resolución del
Convenio. La resolución por esta causa no dará derecho a indemnización alguna.

El presente Convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica para ninguna de las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social, con arreglo a la
disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra b) del texto refundido de
la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, corresponderán al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Séptima.

Difusión.

Sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones de aplicación en materia de
publicidad y transparencia en relación con la suscripción del presente Convenio, la
Universidad de Extremadura se compromete a destacar en su Memoria anual y en
cuantas acciones realice para difusión de las actividades objeto de este Convenio, la
colaboración prestada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

cve: BOE-A-2024-14306
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Financiación.