V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-26136)
Anuncio de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente sobre el trámite de información pública previo a la remisión a la Comisión Europea de los listados previstos en los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1 de la Directiva 2003/87/CE para la fase IV del régimen de comercio de derechos de emisión, periodo de asignación gratuita 2026-2030.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 39468
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
26136
Anuncio de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente sobre el trámite
de información pública previo a la remisión a la Comisión Europea de
los listados pre vistos e n los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1 de la
Dire ctiva 2003/87/CE para la fase IV de l régime n de come rcio de
de re chos de e misión, pe riodo de asignación gratuita 2026-2030.
La Secretaría de Estado de Medio Ambiente anuncia la publicación en la
página Web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(www.miteco.gob.es) de los listados previstos en los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1
de la Directiva 2003/87/CE, conteniendo la siguiente información:
· Las instalaciones que han presentado una solicitud de asignación gratuita de
derechos de emisión para el periodo de asignación 2026-2030, de conformidad
con los artículos 2, 9 y 12 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las instalaciones que han solicitado su exclusión del Régimen de comercio
de derechos de emisión de la UE, durante el periodo 2026-2030 por tratarse de
hospitales, o por haber emitido menos de 25.000 toneladas equivalentes de
dióxido de carbono, excluidas las emisiones de la biomasa, para cada uno de los
tres años del periodo 2021-2023 y que, cuando realizan actividades de
combustión, tienen una potencia térmica nominal inferior a 35 MW, de conformidad
con el artículo 5 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las instalaciones que quedarían excluidas en el periodo 2026-2030 por tener
emisiones inferiores a 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono,
excluidas las emisiones de la biomasa, en cada uno de los años del periodo 20212023, así como las que han comunicado su deseo de no quedar excluidas, de
conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las incineradoras de residuos urbanos con una potencia térmica instalada de
más de 20MW, que se incluyen en el Régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE desde el 1 de enero de 2024 a efectos de seguimiento,
notificación y verificación de sus emisiones.
· Las instalaciones que durante el periodo 2026-2030 quedarían fuera del
ámbito de aplicación del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE
por tener, a lo largo de 2019-2023, emisiones procedentes de la combustión de
biomasa que cumpliendo los criterios establecidos en el artículo 14 de la Directiva
2003/87/CE contribuyen de media a más del 95 % de la media del total de sus
emisiones de gases de efecto invernadero.
La publicación de esta información se realiza con el objeto de permitir que
cualquier interesado pueda aportar observaciones en cuanto a la completitud de la
información y la correcta atribución de solicitudes de asignación gratuita de
derechos de emisión conforme a los artículos 2-4 del Real Decreto 203/2024, de
27 de febrero y de solicitudes de exclusión y exclusión de muy pequeños emisores
conforme a los artículos 5 y 11 del citado Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero,
respectivamente.
cve: BOE-B-2024-26136
Verificable en https://www.boe.es
· Las instalaciones que, estando afectadas por el Régimen de comercio de
derechos de emisión de la UE, no se encuentran recogidas en ninguno de los
puntos anteriores.
Núm. 167
Jueves 11 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 39468
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
26136
Anuncio de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente sobre el trámite
de información pública previo a la remisión a la Comisión Europea de
los listados pre vistos e n los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1 de la
Dire ctiva 2003/87/CE para la fase IV de l régime n de come rcio de
de re chos de e misión, pe riodo de asignación gratuita 2026-2030.
La Secretaría de Estado de Medio Ambiente anuncia la publicación en la
página Web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(www.miteco.gob.es) de los listados previstos en los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1
de la Directiva 2003/87/CE, conteniendo la siguiente información:
· Las instalaciones que han presentado una solicitud de asignación gratuita de
derechos de emisión para el periodo de asignación 2026-2030, de conformidad
con los artículos 2, 9 y 12 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las instalaciones que han solicitado su exclusión del Régimen de comercio
de derechos de emisión de la UE, durante el periodo 2026-2030 por tratarse de
hospitales, o por haber emitido menos de 25.000 toneladas equivalentes de
dióxido de carbono, excluidas las emisiones de la biomasa, para cada uno de los
tres años del periodo 2021-2023 y que, cuando realizan actividades de
combustión, tienen una potencia térmica nominal inferior a 35 MW, de conformidad
con el artículo 5 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las instalaciones que quedarían excluidas en el periodo 2026-2030 por tener
emisiones inferiores a 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono,
excluidas las emisiones de la biomasa, en cada uno de los años del periodo 20212023, así como las que han comunicado su deseo de no quedar excluidas, de
conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero.
· Las incineradoras de residuos urbanos con una potencia térmica instalada de
más de 20MW, que se incluyen en el Régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE desde el 1 de enero de 2024 a efectos de seguimiento,
notificación y verificación de sus emisiones.
· Las instalaciones que durante el periodo 2026-2030 quedarían fuera del
ámbito de aplicación del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE
por tener, a lo largo de 2019-2023, emisiones procedentes de la combustión de
biomasa que cumpliendo los criterios establecidos en el artículo 14 de la Directiva
2003/87/CE contribuyen de media a más del 95 % de la media del total de sus
emisiones de gases de efecto invernadero.
La publicación de esta información se realiza con el objeto de permitir que
cualquier interesado pueda aportar observaciones en cuanto a la completitud de la
información y la correcta atribución de solicitudes de asignación gratuita de
derechos de emisión conforme a los artículos 2-4 del Real Decreto 203/2024, de
27 de febrero y de solicitudes de exclusión y exclusión de muy pequeños emisores
conforme a los artículos 5 y 11 del citado Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero,
respectivamente.
cve: BOE-B-2024-26136
Verificable en https://www.boe.es
· Las instalaciones que, estando afectadas por el Régimen de comercio de
derechos de emisión de la UE, no se encuentran recogidas en ninguno de los
puntos anteriores.