II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-14098)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso y el acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 86785
Calificación final.
La calificación vendrá determinada por la suma de la calificación obtenida en la fase
de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
5.1
Personal funcionario de carrera:
Primero: la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal consolidado; cuarto: la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; sexto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
5.2
Personal laboral fijo:
Primero: la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo desarrollado; cuarto: la mayor
puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; sexto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
5.3
Personal funcionario y personal laboral fijo:
6.
Programa.
I. Administración electrónica y transparencia
1. La sociedad de la información. Identidad y firma electrónica: régimen jurídico. El
DNI electrónico. La Agenda Digital para España.
2. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos y
obligaciones. Derechos digitales.
cve: BOE-A-2024-14098
Verificable en https://www.boe.es
Se atenderá, primero, la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo, la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; cuarto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; quinto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
De mantenerse el empate tras la aplicación de los criterios indicados en las
normas 5.1, 5.2 y 5.3, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de
admitidos y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la
letra derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la
letra resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
5.
Sec. II.B. Pág. 86785
Calificación final.
La calificación vendrá determinada por la suma de la calificación obtenida en la fase
de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
5.1
Personal funcionario de carrera:
Primero: la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal consolidado; cuarto: la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; sexto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
5.2
Personal laboral fijo:
Primero: la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo: la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo desarrollado; cuarto: la mayor
puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; quinto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; sexto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
5.3
Personal funcionario y personal laboral fijo:
6.
Programa.
I. Administración electrónica y transparencia
1. La sociedad de la información. Identidad y firma electrónica: régimen jurídico. El
DNI electrónico. La Agenda Digital para España.
2. La protección de datos personales y su régimen jurídico: principios, derechos y
obligaciones. Derechos digitales.
cve: BOE-A-2024-14098
Verificable en https://www.boe.es
Se atenderá, primero, la antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) en la
Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta
convocatoria; segundo, la mayor calificación obtenida en la fase de oposición; tercero: la
mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación; cuarto: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte y en la primera parte del
ejercicio único, por este orden; quinto: el menor número de contestaciones erróneas
realizadas en la segunda parte y en la primera parte del ejercicio único, por este orden.
De mantenerse el empate tras la aplicación de los criterios indicados en las
normas 5.1, 5.2 y 5.3, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de
admitidos y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la
letra derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la
letra resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.