II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos de la Administración General del Estado. (BOE-A-2024-14098)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso y el acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 86777
4.3.2 La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que
se deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije
para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento
de la puntuación directa máxima obtenible.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquellos, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
4.3.3 La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la
calificación obtenida en el ejercicio único.
En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total, el
orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios referidos al ejercicio único:
Primero: la mayor puntuación directa obtenida en la segunda parte; segundo: el
mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte; tercero: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte; cuarto: el menor número
de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte; quinto: el menor número de
contestaciones erróneas realizadas en la primera parte.
De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de
admitidos y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la
letra derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la
letra resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.
4.3.4 A las personas que, habiendo superado el ejercicio único, no hubieran
superado el proceso selectivo en aplicación de los criterios previstos en la norma
específica 4.3.3, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación,
salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar
solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el
ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria
inmediata anterior.
5.
Programa.
1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su
garantía y suspensión. La Corona: funciones constitucionales del Rey.
2. Las Cortes Generales: atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
El Tribunal Constitucional: composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.
3. El Gobierno: composición, nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno.
Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
4. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleo Público y demás normativa de
aplicación: derechos y deberes, formas de provisión de puestos, promoción interna y
carrera profesional; situaciones administrativas, incompatibilidades y régimen
sancionador. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
cve: BOE-A-2024-14098
Verificable en https://www.boe.es
I. Organización del Estado y Administración electrónica
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 86777
4.3.2 La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que
se deriven de los baremos establecidos por la Comisión Permanente de Selección,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije
para superar el ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas. Las puntuaciones directas mínimas no podrán ser inferiores al 30 por ciento
de la puntuación directa máxima obtenible.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquellos, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
4.3.3 La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la
calificación obtenida en el ejercicio único.
En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma calificación total, el
orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios referidos al ejercicio único:
Primero: la mayor puntuación directa obtenida en la segunda parte; segundo: el
mayor número de respuestas correctas obtenidas en la segunda parte; tercero: el mayor
número de respuestas correctas obtenidas en la primera parte; cuarto: el menor número
de contestaciones erróneas realizadas en la segunda parte; quinto: el menor número de
contestaciones erróneas realizadas en la primera parte.
De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes
publicado mediante la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de
Función Pública, salvo que al tiempo de publicación de las listas provisionales de
admitidos y excluidos se haya realizado y publicado el resultado del nuevo sorteo de la
letra derivado de la Oferta de Empleo Público para el año 2024, en cuyo caso será la
letra resultante del mismo la que se utilizará para determinar el orden de actuación de los
aspirantes.
4.3.4 A las personas que, habiendo superado el ejercicio único, no hubieran
superado el proceso selectivo en aplicación de los criterios previstos en la norma
específica 4.3.3, se les conservará la calificación en la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando esta sea análoga en el contenido del temario y la forma de calificación,
salvo actualización normativa. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar
solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si optan por realizar el
ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria
inmediata anterior.
5.
Programa.
1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su
garantía y suspensión. La Corona: funciones constitucionales del Rey.
2. Las Cortes Generales: atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
El Tribunal Constitucional: composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.
3. El Gobierno: composición, nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno.
Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
4. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleo Público y demás normativa de
aplicación: derechos y deberes, formas de provisión de puestos, promoción interna y
carrera profesional; situaciones administrativas, incompatibilidades y régimen
sancionador. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
cve: BOE-A-2024-14098
Verificable en https://www.boe.es
I. Organización del Estado y Administración electrónica