III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-14121)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del encuentro "IGAE: 150 años de control y seguimiento de las finanzas públicas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86924
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
II. La UIMP se compromete a destacar la colaboración del IEF en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
III. Corresponde a la UIMP la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización y celebración del encuentro, conforme a su propia normativa, y conforme se
indica en el apartado IV de esta cláusula.
IV. La UIMP asume un compromiso máximo de gasto en relación con este convenio
de veintinueve mil quinientos treinta y tres euros (29.533,00 €), según se recoge en el
Presupuesto que figura como anexo II. De este importe:
– La cantidad de 20.152,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y otros
materiales y programas), gastos de infraestructura (mantenimiento local e instalaciones,
limpieza, vigilancia y personal de aulas), becas de la convocatoria oficial de la UIMP y
gastos académicos y de administración y gestión, se realizará mediante aportación de
medios personales propios con cargo a los créditos de personal del presupuesto
ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya gestionados con
carácter general para el conjunto de la programación según la legislación aplicable, y a
través de la convocatoria general de becas para el conjunto de su programación, que la
UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el procedimiento económico y
administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos
conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 9.381,00 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 3.200,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 6.181,00
euros.
V. La UIMP se compromete a aplicar al encuentro la cantidad que aporta el IEF, que
figura en el apartado IV de la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo la financiación del
gasto que no se cubra con la misma, esto es, las partidas de becas y gastos
académicos, de administración y gestión, que ascienden a dos mil setecientos ochenta y
dos euros (2.782,00 €), siendo éste el importe máximo del compromiso de financiación
para la UIMP en virtud de este convenio.
VI. La UIMP se compromete a presentar al IEF, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2024, la liquidación final del presupuesto revisando las
unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye como anexo.
VII. La UIMP mantendrá indemne al IEF de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
cve: BOE-A-2024-14121
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166
Miércoles 10 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86924
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
II. La UIMP se compromete a destacar la colaboración del IEF en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
III. Corresponde a la UIMP la gestión económica y administrativa que conlleve la
organización y celebración del encuentro, conforme a su propia normativa, y conforme se
indica en el apartado IV de esta cláusula.
IV. La UIMP asume un compromiso máximo de gasto en relación con este convenio
de veintinueve mil quinientos treinta y tres euros (29.533,00 €), según se recoge en el
Presupuesto que figura como anexo II. De este importe:
– La cantidad de 20.152,00 euros, correspondiente a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado, publicidad, otros gastos (cuadernos, carpetas y otros
materiales y programas), gastos de infraestructura (mantenimiento local e instalaciones,
limpieza, vigilancia y personal de aulas), becas de la convocatoria oficial de la UIMP y
gastos académicos y de administración y gestión, se realizará mediante aportación de
medios personales propios con cargo a los créditos de personal del presupuesto
ordinario de la UIMP, con cargo a expedientes de contratación ya gestionados con
carácter general para el conjunto de la programación según la legislación aplicable, y a
través de la convocatoria general de becas para el conjunto de su programación, que la
UIMP ya ha aprobado y publicado de acuerdo con el procedimiento económico y
administrativo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por estos
conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 9.381,00 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 3.200,00 euros.
28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 6.181,00
euros.
V. La UIMP se compromete a aplicar al encuentro la cantidad que aporta el IEF, que
figura en el apartado IV de la cláusula segunda, de acuerdo con el presupuesto
aprobado y las partidas de gastos en el mismo incluidas, asumiendo la financiación del
gasto que no se cubra con la misma, esto es, las partidas de becas y gastos
académicos, de administración y gestión, que ascienden a dos mil setecientos ochenta y
dos euros (2.782,00 €), siendo éste el importe máximo del compromiso de financiación
para la UIMP en virtud de este convenio.
VI. La UIMP se compromete a presentar al IEF, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2024, la liquidación final del presupuesto revisando las
unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye como anexo.
VII. La UIMP mantendrá indemne al IEF de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
cve: BOE-A-2024-14121
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 166