III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-14050)
Resolución de 3 de julio de 2024, del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, por la que se publica el Convenio con la Diputación de Albacete, para la puesta a disposición de aplicativos y herramientas que integran la plataforma Sedipualba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86337
Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala que «la Administración General del Estado,
mantendrá un directorio general de aplicaciones para su reutilización».
Cuarto.
Que el Consorcio de la Ciudad de Santiago, habiendo tenido conocimiento de la
referida política de cooperación interadministrativa en materia de administración
electrónica desarrollada por la Diputación Provincial de Albacete, habiendo sido
informado por ésta acerca de las aplicaciones de Administración Electrónica integradas
en la plataforma «Sedipualba», y habiéndose recabado los informes favorables de los
servicios competentes, considera que la utilización de los aplicativos y herramientas que
integran dicha plataforma de Administración Electrónica constituye la solución más
adecuada para dar cumplimiento a las prescripciones legales sobre Administración
Electrónica y conseguir la mayor eficacia y eficiencia posibles en el ejercicio de sus
competencias.
Quinto.
Las entidades firmantes manifiestan que la cooperación contenida en este convenio
recae sobre actividades de apoyo a los servicios públicos contribuyendo a la realización
efectiva de los mismos.
Sexto.
Que la cooperación entre entidades firmantes supone el ejercicio efectivo por parte
de la Diputación de Albacete de una acción alineada con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible 9.c Acceso a TIC e internet «Aumentar significativamente el acceso a la
tecnología de la información y las comunicaciones» y 16.6 Instituciones eficaces y
transparentes «Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que
rindan cuentas».
En virtud de todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1.º Para la Diputación de Albacete, la puesta a disposición al Consorcio de la
Ciudad de Santiago, al amparo de lo dispuesto por el artículo 157 de la ley 40/2015,de 1
de octubre, de la totalidad de aplicativos y herramientas que integran la Plataforma
SEDIPUALBA y sus sucesivas ampliaciones y actualizaciones, así como el alojamiento
en los servidores de la Diputación de Albacete, o de otras administraciones públicas bajo
el control de la Diputación, de la información generada con cumplimiento de las
exigencias del ENS. Todo ello en las modalidades de software y almacenamiento como
servicio (SaaS) de acuerdo con la «Guía para la prestación de aplicaciones en modo
servicio».
2.º Para la entidad cesionaria, el uso de la Plataforma citada, con sus propios
recursos, para contribuir a la racionalización del uso de las tecnologías de la información
y las comunicaciones en las Administraciones y dar cumplimiento a las exigencias de
funcionamiento electrónico de la Administración establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-14050
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es:
Núm. 165
Martes 9 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 86337
Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala que «la Administración General del Estado,
mantendrá un directorio general de aplicaciones para su reutilización».
Cuarto.
Que el Consorcio de la Ciudad de Santiago, habiendo tenido conocimiento de la
referida política de cooperación interadministrativa en materia de administración
electrónica desarrollada por la Diputación Provincial de Albacete, habiendo sido
informado por ésta acerca de las aplicaciones de Administración Electrónica integradas
en la plataforma «Sedipualba», y habiéndose recabado los informes favorables de los
servicios competentes, considera que la utilización de los aplicativos y herramientas que
integran dicha plataforma de Administración Electrónica constituye la solución más
adecuada para dar cumplimiento a las prescripciones legales sobre Administración
Electrónica y conseguir la mayor eficacia y eficiencia posibles en el ejercicio de sus
competencias.
Quinto.
Las entidades firmantes manifiestan que la cooperación contenida en este convenio
recae sobre actividades de apoyo a los servicios públicos contribuyendo a la realización
efectiva de los mismos.
Sexto.
Que la cooperación entre entidades firmantes supone el ejercicio efectivo por parte
de la Diputación de Albacete de una acción alineada con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible 9.c Acceso a TIC e internet «Aumentar significativamente el acceso a la
tecnología de la información y las comunicaciones» y 16.6 Instituciones eficaces y
transparentes «Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que
rindan cuentas».
En virtud de todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
1.º Para la Diputación de Albacete, la puesta a disposición al Consorcio de la
Ciudad de Santiago, al amparo de lo dispuesto por el artículo 157 de la ley 40/2015,de 1
de octubre, de la totalidad de aplicativos y herramientas que integran la Plataforma
SEDIPUALBA y sus sucesivas ampliaciones y actualizaciones, así como el alojamiento
en los servidores de la Diputación de Albacete, o de otras administraciones públicas bajo
el control de la Diputación, de la información generada con cumplimiento de las
exigencias del ENS. Todo ello en las modalidades de software y almacenamiento como
servicio (SaaS) de acuerdo con la «Guía para la prestación de aplicaciones en modo
servicio».
2.º Para la entidad cesionaria, el uso de la Plataforma citada, con sus propios
recursos, para contribuir a la racionalización del uso de las tecnologías de la información
y las comunicaciones en las Administraciones y dar cumplimiento a las exigencias de
funcionamiento electrónico de la Administración establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2024-14050
Verificable en https://www.boe.es
El objeto del presente convenio es: