II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-13951)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se corrigen errores en la de 5 de junio de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 85011

– Registro Auxiliar de la Facultad de Medicina: Campus Universitario, Ctra. MadridBarcelona, Km 33,600, Alcalá de Henares (Madrid).
– Registro Auxiliar Multidepartamental: C/ Cifuentes, 28, Guadalajara.
Las personas extranjeras que no dispongan de certificado electrónico válido en
España podrán presentar su solicitud a través de las representaciones diplomáticas o
consulares españolas en el extranjero. En este caso, el modelo de solicitud de admisión
a pruebas a selectivas puede obtenerse en la página web de la Universidad de Alcalá en
la siguiente dirección: https://www.uah.es/es/empleopublico/PAS/impresos/index.html.»
En la base octava.10, donde dice:
«(…)
La experiencia será acreditada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.4 del
II Convenio Colectivo del personal, con la siguiente documentación:
a) Fotocopia debidamente compulsada de contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto
cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada
en el área y especialidad de que se trate.
b) Certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten,
expresamente, los períodos y grupo de tarifa.
Si no se aporta la documentación señalada en los apartados a) y b) no se otorgará
puntuación por la experiencia correspondiente.
c) En aquellos casos en que el aspirante haya mantenido una relación jurídicolaboral de carácter temporal con la Universidad, la experiencia se podrá acreditar
mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo
caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.
d) A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará
certificación de cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social en la que
figure, expresamente, el período de cotización y certificación del alta en el impuesto de
actividades económicas durante el período correspondiente.
e) La experiencia profesional se acreditará mediante certificado original justificativo
de la experiencia manifestada que, en todo caso, deberá ser firmado por el responsable
de Recursos Humanos.
(…).»
Debe decir:

a) Fotocopia debidamente compulsada de contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto
cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada
en el área y especialidad de que se trate.
b) En cualquier caso, deberá acompañarse, también, certificación original de
cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten, expresamente, los períodos y
grupo de tarifa.
Si no se aporta la documentación señalada en el apartado anterior no se otorgará
puntuación por la experiencia correspondiente.
c) En aquellos casos en que el aspirante haya mantenido una relación jurídicolaboral de carácter temporal con la Universidad, la experiencia se podrá acreditar
mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo
caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.

cve: BOE-A-2024-13951
Verificable en https://www.boe.es

«(…)
La experiencia será acreditada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.4 del
II Convenio Colectivo del personal, con la siguiente documentación: