III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-13982)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alicante, para la colaboración en la digitalización y difusión de fondos bibliográficos de interés para la investigación científica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85243

ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las
Administraciones Públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones
participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras
administraciones públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud,
podrán suscribir convenios sujetos al derecho administrativo.
Asimismo, dicho artículo 34.1 de la citada ley prevé que podrán celebrar estos
convenios los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen
actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: proyectos y
actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; creación o financiación
de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras
científicas; financiación de proyectos científico-técnicos singulares; formación de
personal científico y técnico; divulgación científica y tecnológica y uso compartido de
inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de
investigación científica, desarrollo e innovación. El objeto del presente convenio se
incardina en los apartados a) «Proyectos y actuaciones de investigación científica,
desarrollo e innovación» y e) «Divulgación científica y tecnológica» del mencionado
artículo.
Segundo.
Que el Centro de Humanidades Digitales Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes
(BVMC) de la Universidad de Alicante tiene entre sus fines desarrollar, bajo la dirección
de Internet www.cervantesvirtual.com, la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes e
impulsar y apoyar la investigación, la transferencia de conocimiento y las tecnologías
relacionadas con las humanidades y las bibliotecas digitales.
Tercero.
Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
con NIF Q-2818002-D, sede central en Madrid (CP 28006) y domicilio institucional en
calle de Serrano, 117, de conformidad con el artículo 47 de la Ley de la Ciencia, es un
Organismo Público de Investigación adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades, a través de la Secretaría General de Investigación, que tiene por objeto el
fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y
tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de
personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Estatuto del CSIC, aprobado por Real
Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (BOE de 14 de enero de 2008).
El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y por las disposiciones de su ya citado Estatuto.

Que la Red de Bibliotecas y Archivos del CSIC tiene como una de sus funciones la
de reunir, catalogar, conservar, digitalizar y difundir sus fondos bibliográficos recogidos
en cualquier soporte, al servicio de la investigación, la cultura y la información. Asimismo,
el CSIC es titular de un portal de Internet, bibliotecas.csic.es, en el que están ubicadas
sus fuentes documentales (publicaciones, bibliotecas, repositorio digital, bases de datos,
revistas, etc.).

cve: BOE-A-2024-13982
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.