III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-13976)
Resolución de 28 de junio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la eliminación de duplicidades estadísticas en el ámbito de las estadísticas de confianza empresarial.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85167

la eliminación de duplicidades estadísticas en el ámbito de las estadísticas de
confianza empresarial».
Segundo.
Establecer la prórroga de cuatro años del Convenio citado, a contar desde el 3 de
julio de 2024 y con vencimiento el 2 de julio de 2028.
Tercero.
Hacer constar que cuando en el convenio se hace mención a la Vicepresidencia,
Consejería de Deporte, Transparencia y Portavocía del Gobierno debe hacerse a la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. Igualmente, cuando se menciona el Área
de Gobierno de Hacienda y Personal del Ayuntamiento de Madrid debe de hacerse al
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda de dicho Ayuntamiento
Cuarto.
Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del Convenio.
Quinto.
De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de modificación y prórroga
del Convenio surtirá efectos desde el día 3 de julio 2024, inscribiéndose en el Registro
electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la misma Ley.
Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de
diez días hábiles desde su formalización.

cve: BOE-A-2024-13976
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda de modificación y
prórroga, tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante, es
decir el 27 de junio de 2024.–La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P.D.
(Orden 17 de abril de 2024, BOCM de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de
Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.–El Director General de Estadísticas
Económicas, por delegación de la Presidenta del Organismo (Resolución de 8 de marzo
de 2024 de la Presidencia del INE, BOE de 20 de marzo), Alfredo Cristóbal Cristóbal.–La
Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento
de Madrid, Engracia Hidalgo Tena.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X