I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. Precios. (BOE-A-2024-13901)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios del combustible gas natural del año 2023 a aplicar en la liquidación de dicho ejercicio de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 84846

Jun-23: 30,667.
Jul-23: 30,262.
Ago-23: 33,605.
Sep-23: 36,628.
Oct-23: 42,814.
Nov-23: 38,514.
Dic-23: 34,505.
Los valores de poder calorífico (PC) en kWh/m3, la facturación mensual de los
peajes, cánones y cargos aplicados en el punto de salida (Pred) en euros, y el volumen
mensual del gas natural consumido (V) en MWh, que se han considerado para el cálculo
de los costes de logística y del precio del gas natural, son los indicados en el anexo de
esta resolución, siendo los aplicados en la facturación mensual de cada grupo, tal y
como se indica en el artículo 8.1 y 8.2 de la Orden TED/1315/2022, de 23 de diciembre.
Por su parte, los valores de densidad relativa del gas natural consumido por el grupo
en el periodo de cálculo son obtenidos de los datos proporcionados por el Gestor
Técnico del Sistema Gasista, según se recoge a continuación:

Mallorca

Ibiza

Ene-23.

0,6221

0,6216

Feb-23.

0,6197

0,6199

Mar-23.

0,6112

0,6104

Abr-23.

0,5954

0,5951

May-23.

0,6096

0,6100

Jun-23.

0,6131

0,6133

Jul-23.

0,6262

0,6277

Ago-23.

0,6274

0,6280

Sep-23.

0,6275

0,6281

Oct-23.

0,6167

0,6166

Nov-23.

0,6154

0,6142

Dic-23.

0,6238

0,6254

Adicionalmente a lo anterior, el cambio en el modelo retributivo del gas natural en
Baleares que supone la Orden TED/1315/2022, de 23 de diciembre, conllevaría el
reconocimiento del coste de mantenimiento de las existencias mínimas de seguridad,
que, conforme a este nuevo modelo, habrían de ser afrontados por los titulares de los
grupos generadores en Baleares cuando actúen como consumidores directos en
mercado, pero no cuando su aprovisionamiento se realice mediante subastas de
combustible, según el marco de la propia Orden TED/1315/2022, de 23 de diciembre.
En relación con el coste del mantenimiento de estas reservas mínimas de seguridad,
se valorarán, en su caso y cuando sean de aplicación, como otros costes operativos
atendiendo a lo previsto en el artículo 36 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.

cve: BOE-A-2024-13901
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ρr densidad relativa del gas natural