III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-13973)
Resolución de 27 de junio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre cooperación estadística e intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 85148

autonómicas, suscribieron en 2020 un convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que ha venido desarrollándose de forma satisfactoria para
ambas partes y cuya vigencia ha finalizado.
Segundo.
Que la experiencia adquirida en el desarrollo del citado convenio aconseja la
continuidad de esta cooperación y el mantenimiento, de mutuo acuerdo, de cauces
operativos idóneos para el intercambio de la información que deba realizarse para
facilitar la realización de las estadísticas que les asigna el Plan Estadístico Nacional y el
Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha, respectivamente y sus respectivos
programas anuales.
Tercero.
Que la existencia de un interés mutuo del Estado y de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La mancha en materia estadística determina la conveniencia de coordinar la
actividad estatal y autonómica al respecto, toda vez que el Estado goza de competencia
exclusiva sobre estadísticas para fines estatales, según el artículo 149.1.31 de la
Constitución, y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene competencia
exclusiva sobre estadística para fines de la Comunidad Autónoma según el artículo) 31
de enero de 2024 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La mancha, aprobado por la Ley
Orgánica 9/1982, de 10 de agosto.
Cuarto.
Que la Ley 12/1989, de 9 de mayo de la Función Estadística Pública establece en el
artículo 26.r) que al Instituto Nacional de Estadística le corresponde «La celebración de
acuerdos y convenios con otras Administraciones públicas en lo relativo a las
estadísticas que tengan encomendadas». Asimismo, el artículo 41.1 de la misma norma
recoge que «Los servicios estadísticos de la Administración del Estado y de las
Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios relativos al desarrollo de
operaciones estadísticas cuando ello convenga para el perfeccionamiento y eficacia de
las mismas o para evitar duplicidades y gastos».

Que, según el artículo 6 de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de estadística de CastillaLa Mancha «Los órganos estadísticos de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha procurarán la cooperación con las restantes Administraciones públicas y podrán
utilizar las fórmulas más idóneas de acuerdos, convenios de colaboración u otras, para
aprovechar la información disponible y evitar la duplicación innecesaria de operaciones
de recogida y elaboración de datos». Asimismo, conforme al Decreto 5/2024, de 13 de
febrero, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los
órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, corresponde a la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación, adscrita a
la Vicepresidencia Primera, «Promover, dirigir y coordinar la actividad estadística pública
de interés para la región, recopilando y llevando a cabo el tratamiento de la información
estadística, y elaborando los instrumentos e informes de planificación y programación en
materia estadística» según su artículo 7.q) y «Representar a la Administración de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en las relaciones con unidades y
organismos municipales, organismos autonómicos, estatales e internacionales
especializados en materia de transparencia, datos abiertos, buen gobierno, participación
y estadística» según su artículo 7.s).
Por todo ello, deciden suscribir el presente convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que tiene naturaleza de convenio marco al establecer unos

cve: BOE-A-2024-13973
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Quinto.